A/RES/51/75
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Rindiendo homenaje a los funcionarios que han puesto en peligro o han
perdido sus vidas en el ejercicio de sus funciones, y destacando la necesidad
urgente de adoptar medidas eficaces para garantizar la seguridad del personal
que participa en operaciones humanitarias,
Deplorando las violaciones generalizadas del principio de no devolución
y de los derechos de los refugiados, que en algunos casos han perdido la vida,
y gravemente preocupada por los informes que indican que un gran número de
refugiados y solicitantes de asilo han sido objeto de devolución y expulsión
en condiciones sumamente peligrosas,
1.
Reafirma enérgicamente la importancia fundamental y el carácter
puramente humanitario y apolítico de la función de la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados de dar protección
internacional a los refugiados y buscar soluciones permanentes al problema de
los refugiados, así como la necesidad de que los Estados cooperen plenamente
con la Oficina a fin de facilitar el ejercicio efectivo de esta función;
2.
Exhorta a todos los Estados que todavía no lo hayan hecho a que se
adhieran a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y el
Protocolo de 1967, así como los instrumentos regionales pertinentes de
protección de los refugiados o declaren su sucesión en ellos, y a que los
cumplan plenamente;
3.
Reitera que toda persona, sin distinción de ningún tipo, tiene
derecho a solicitar y gozar de asilo contra la persecución en otros países, y
exhorta a todos los Estados a que defiendan la institución del asilo como
instrumento indispensable para la protección internacional de los refugiados,
y a que respeten escrupulosamente el principio fundamental de la no
devolución, que no admite excepciones;
4.
Insta a los Estados a que garanticen a todos los solicitantes de
asilo la posibilidad de acceso, de conformidad con los instrumentos
internacionales y regionales pertinentes, a unos procedimientos equitativos y
eficaces para determinar la calidad de refugiado y conceder asilo a las
personas que reúnan los requisitos;
5.
Deplora que, en ciertas situaciones, los refugiados, así como los
repatriados y personas desplazadas de las que se ocupa la Oficina del Alto
Comisionado, hayan sido objeto de ataques armados, asesinatos, violaciones y
otros atentados o amenazas a su seguridad personal y a otros derechos
fundamentales, y exhorta a los Estados a que tomen todas las medidas
necesarias para garantizar el respeto de los principios de protección de los
refugiados, así como el trato humanitario de las personas que solicitan asilo
de conformidad con las normas humanitarias y de derechos humanos reconocidas
internacionalmente;
6.
Destaca la importancia de que la Oficina del Alto Comisionado
tenga acceso a los solicitantes de asilo, refugiados y otras personas
necesitadas para poder cumplir sus funciones de protección de manera eficaz,
expresa su profunda preocupación por las condiciones que en algunos países o
regiones obstaculizan gravemente la prestación de asistencia humanitaria y la
protección, y exhorta a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias
para garantizar ese acceso, así como la seguridad del personal que participa
en las operaciones humanitarias;
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