A/RES/74/251
Planificación de los programas
2022, con referencia a las disposiciones aplicables de las resoluciones pertinentes de
la Asamblea General, incluidas sus resoluciones 47/212 A, de 23 de diciembre de
1992, y 72/266 A;
d)
Mejorar el vínculo entre los planes por programas anteriores y los
proyectos de planes futuros, con miras a garantizar la coherencia y la continuidad;
e)
Incorporar más información general sobre los programas y subprogramas,
mostrando no solo ejemplos de resultados reales y previstos, sino también un
panorama general de las actividades y la estrategia general que abarque un recuento
global de los resultados reales y previstos;
f)
Presentar información sobre la ejecución respecto de un conjunto amplio
de resultados, lo que permitiría mejorar la supervisión, la transparencia y la rendición
de cuentas en la ejecución de todas las actividades del plan por programas que apruebe
la Asamblea General;
g)
Proporcionar, en el contexto de las medidas de la ejecución, datos reales
sobre la ejecución correspondientes a tres años anteriores como mínimo para facilitar
una mejor comprensión y evaluación de los progresos realizados a nivel de los
programas y los subprogramas;
h)
Incluir una estrategia tanto a nivel de los programas como de los
subprogramas;
i)
Incorporar la lista de mandatos legislativos en el documento oficial
publicado y no en el documento complementario proporcionado de manera o ficiosa;
j)
Sustituir la sección propuesta sobre el alineamiento con los Objetivos de
Desarrollo Sostenible por información concreta sobre cómo contribuyen los
programas y subprogramas pertinentes al logro de los Objetivos, de conformidad con
los mandatos intergubernamentales específicos asociados a los mismos;
k)
Utilizar una numeración simplificada e identificable para mejorar la
legibilidad y las referencias del proyecto de plan por programas;
l)
Reducir el uso de fotografías de acompañamiento en el “Prefacio” del
proyecto de plan de cada programa;
m) Asegurar que los casos anecdóticos incluidos en los subprogramas se
utilicen solo para proporcionar ejemplos de resultados reales y previstos, como se
indica en el apartado e);
n)
Asegurar que los términos y expresiones a los que se hace referencia en el
proyecto del plan por programas hayan sido acordados a nivel intergubernamental;
16. Aprueba, con carácter excepcional y sin sentar precedente, en relación con
los programas 5, 8, 10, 12, 13, 16, 17, 19, 22, 27 y 28 del proyecto de presupuesto
por programas para 2020, la descripción del programa compuesta únicamente de las
secciones tituladas “Mandatos y antecedentes”, “Novedades”, “Estrategia y factores
externos para 2020” y “Actividades de evaluación” a nivel de los programas y por
objetivo a nivel de los subprogramas;
17. Aprueba también, con carácter excepcional y sin sentar precedente, en
relación con los programas 1, 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 18, 20, 21, 23, 24, 25 y 26 del
proyecto de presupuesto por programas para 2020, una descripción del programa
compuesta únicamente de la lista de mandatos a nivel de los programas y los objetivos
aprobados por la Asamblea General en su resolución 71/6 y los entregables para 2020
a nivel de los subprogramas;
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