A/RES/55/8 precaución, con miras a proporcionar apoyo a las organizaciones y acuerdos subregionales y regionales y a sus Estados miembros para la ordenación y conservación sostenibles de las pesquerías, y observa que, para los países en desarrollo, el fomento de la capacidad es fundamental para el desarrollo sostenible de los recursos marinos vivos; 22. Recomienda que la conferencia bienal de las organizaciones y acuerdos regionales y subregionales de ordenación de la pesca y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación considere medidas para reforzar aún más el papel de esas organizaciones en todos los aspectos de la conservación y ordenación de la pesca; 23. Recomienda también que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación considere la posibilidad de invitar a las organizaciones intergubernamentales relacionadas con su labor a participar en la conferencia bienal de organizaciones regionales de pesca; 24. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los miembros de la comunidad internacional, las organizaciones intergubernamentales pertinentes, las organizaciones y órganos del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y subregionales de ordenación de la pesca y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, y les invita a proporcionar al Secretario General la información pertinente acerca de la aplicación de la presente resolución; 25. Pide también al Secretario General que le presente en su quincuagésimo séptimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución, incluso el estado y la aplicación del Acuerdo para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en la alta mar, la aplicación de los planes de acción internacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, la reducción de la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y la conservación y ordenación de los tiburones, así como las actividades realizadas por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación para combatir la pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, teniendo en cuenta la información que proporcionen los Estados, los organismos especializados competentes, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y otros órganos, organizaciones y programas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, organizaciones y acuerdos regionales y subregionales y otras organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes; 26. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo período de sesiones, en relación con el tema titulado “Los océanos y el derecho del mar”, un subtema titulado “Pesca de altura en gran escala con redes de enmalle y deriva, pesca no autorizada en zonas sujetas a jurisdicción nacional y en la alta mar, y pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, capturas incidentales y descartes en la pesca, y otras cuestiones”. 44a. sesión plenaria 30 de octubre de 2000 7

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