A/RES/55/8
precaución, con miras a proporcionar apoyo a las organizaciones y acuerdos
subregionales y regionales y a sus Estados miembros para la ordenación y
conservación sostenibles de las pesquerías, y observa que, para los países en
desarrollo, el fomento de la capacidad es fundamental para el desarrollo sostenible
de los recursos marinos vivos;
22. Recomienda que la conferencia bienal de las organizaciones y acuerdos
regionales y subregionales de ordenación de la pesca y la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación considere medidas para
reforzar aún más el papel de esas organizaciones en todos los aspectos de la
conservación y ordenación de la pesca;
23. Recomienda también que la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación considere la posibilidad de invitar a las
organizaciones intergubernamentales relacionadas con su labor a participar en la
conferencia bienal de organizaciones regionales de pesca;
24. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención
de todos los miembros de la comunidad internacional, las organizaciones
intergubernamentales pertinentes, las organizaciones y órganos del sistema de las
Naciones Unidas, las organizaciones regionales y subregionales de ordenación de la
pesca y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, y les invita a
proporcionar al Secretario General la información pertinente acerca de la aplicación
de la presente resolución;
25. Pide también al Secretario General que le presente en su quincuagésimo
séptimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente
resolución, incluso el estado y la aplicación del Acuerdo para promover el
cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los
buques pesqueros que pescan en la alta mar, la aplicación de los planes de acción
internacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, la reducción de la
captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y la conservación y
ordenación de los tiburones, así como las actividades realizadas por la Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación para combatir la pesca
ilícita, no declarada y no reglamentada, teniendo en cuenta la información que
proporcionen los Estados, los organismos especializados competentes, en particular
la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y
otros órganos, organizaciones y programas pertinentes del sistema de las Naciones
Unidas, organizaciones y acuerdos regionales y subregionales y otras organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes;
26. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo
período de sesiones, en relación con el tema titulado “Los océanos y el derecho del
mar”, un subtema titulado “Pesca de altura en gran escala con redes de enmalle y
deriva, pesca no autorizada en zonas sujetas a jurisdicción nacional y en la alta mar,
y pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, capturas incidentales y descartes en
la pesca, y otras cuestiones”.
44a. sesión plenaria
30 de octubre de 2000
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