A/RES/56/128 Conferencia Mundial de Derechos Humanos 8, la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo 9, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 10, y la Asamblea General en sus períodos extraordinarios de sesiones vigésimo primero 11, vigésimo tercero 12 y vigésimo sexto 13, Recordando la recomendación general 14, relativa a la circuncisión femenina, aprobada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en su noveno período de sesiones14, así como los párrafos 11 y 20 y el apartado l) del párrafo 24 de la recomendación general 19, relativa a la violencia contra la mujer, aprobada por el Comité en su 11° período de sesiones15, y el apartado d) del párrafo 15 y el párrafo 18 de la recomendación general 24, relativa al artículo 12 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer concerniente a la mujer y la salud, aprobada por el Comité en su 20° período de sesiones16, y tomando nota de los párrafos 21, 35 y 51 de la observación general No. 14 (2000), relativa al artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobada por el Consejo Económico y Social en su 22° período de sesiones17, Reafirmando que las prácticas tradicionales o consuetudinarias nocivas, incluida la mutilación genital femenina, constituyen una grave amenaza a la salud de las mujeres y las niñas, y pueden tener consecuencias fatales, Observando con preocupación que tales prácticas siguen estando sumamente difundidas, Reafirmando que esas prácticas tradicionales o consuetudinarias nocivas constituyen una forma clara de violencia contra la mujer y la niña y una grave violación de sus derechos humanos, Destacando que la eliminación de las prácticas tradicionales o consuetudinarias nocivas contribuirá a reducir la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas al virus de la inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA) y otras infecciones de transmisión sexual, Subrayando que la eliminación de esas prácticas requiere mayores esfuerzos y empeño de los gobiernos, la comunidad internacional y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y comunitarias, y que se requieren cambios fundamentales en las actitudes de la sociedad, Observando con reconocimiento la labor realizada en el contexto de la Organización de la Unidad Africana para preparar un proyecto de protocolo de la _______________ 8 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo. 10 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II. 11 Resolución S-21/2, anexo. 12 Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo. 13 Resolución S-26/2, anexo. 14 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 38 y corrección (A/45/38 y Corr.1), cap. IV, párr. 438. 15 Ibíd., cuadragésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 38 (A/47/38), cap. I. 16 Ibíd., quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 38 (A/54/38/Rev.1), primera parte, cap. I, secc. A. 17 Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 2 (E/2001/22), anexo IV. 9 2

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