A/HRC/55/56 Comunicaciones 9. Los resúmenes de las comunicaciones enviadas y las respuestas recibidas durante el período que abarca el presente informe figuran en los informes sobre las comunicaciones de los procedimientos especiales9 y en la base de datos de comunicaciones del ACNUDH. III. Balance de los primeros diez años del mandato 10. Antes de abordar sus prioridades para el futuro, la Relatora Especial desea hacer balance de la labor y los logros de los titulares del mandato desde su creación hace una década y expresar su reconocimiento por ese trabajo. Una mirada retrospectiva a los últimos diez años muestra lo lejos que ha llegado el mandato y brinda orientación sobre el camino que debe seguirse. La Relatora Especial desea reconocer especialmente la inmensa contribución realizada por sus dos predecesores, Catalina Devandas Aguilar y Gerard Quinn, que han constituido un sólido corpus de trabajo temático y por países y convertido el mandato en un actor clave en la promoción y adelanto de los derechos de las personas con discapacidad en los planos internacional, regional y nacional. A. Mandato de la Relatoría Especial 11. El mandato de la Relatoría Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad se creó en 2014, en virtud de la resolución 26/20 del Consejo de Derechos Humanos. Desde entonces, el Consejo de Derechos Humanos ha renovado el mandato en tres ocasiones, a saber, en 2017 mediante la resolución 35/6, en 2020 mediante la resolución 44/10 y en 2023 mediante la resolución 53/14, y, en cada una de ellas, las resoluciones se aprobaron por consenso y recibieron un enérgico apoyo interregional de los Estados miembros. 12. Desde el principio, la norma rectora de la labor del mandato fue la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, junto con todos los demás instrumentos de derechos humanos pertinentes. En sus resoluciones sobre los derechos de las personas con discapacidad, el Consejo de Derechos Humanos ha recordado sistemáticamente la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Con ese espíritu, los titulares del mandato han aplicado la totalidad el marco normativo de las Naciones Unidas a la cuestión de las personas con discapacidad. 13. El amplio alcance del mandato sigue siendo el mismo en 2024 que en 2014, lo que brinda oportunidades para participar en los procesos pertinentes a escala internacional, regional y nacional, así como en las entidades y mecanismos de las Naciones Unidas. Además de presentar informes anuales al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General, el mandato conecta la labor de la Relatoría Especial con la de otros titulares de mandatos de los procedimientos especiales, órganos de tratados, especialmente el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, como la Alianza de las Naciones Unidas para los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Enviada Especial del Secretario General sobre la Discapacidad y la Accesibilidad, la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Comisión de Desarrollo Social. 14. Las resoluciones sucesivas del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos de las personas con discapacidad reflejan avances de especial relevancia para esos derechos, empezando por la referencia a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y el compromiso de no dejar a nadie atrás que se asumió en 2015, poco después de la creación del mandato. El mandato aplica un enfoque dual e interrelacionado, según el cual la Agenda 2030 se basa inequívocamente en los derechos humanos para todos y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad incluye una perspectiva de desarrollo para proteger y hacer efectivos los derechos humanos de todas las personas con discapacidad en todas las partes 9 4 A/HRC/53/3, A/HRC/54/3 y A/HRC/55/3. GE.24-00836

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