A/HRC/55/56 del mundo. El valor añadido que aportan los titulares del mandato es promover y favorecer una agenda de desarrollo inclusivo de la discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos. Los derechos humanos y el desarrollo sostenible están estrechamente vinculados y representan la solución a los retos cotidianos a los que se enfrentan las personas con discapacidad en todo el mundo. 15. Tras la elaboración y aprobación de la Estrategia de las Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad en 2019, en la que la primera Relatora Especial desempeñó un papel crucial, el Consejo de Derechos Humanos pidió a la Relatoría Especial, en su resolución 44/10, que contribuyera sustancialmente a la implementación de la Estrategia y otras iniciativas, con el fin de asegurar la idoneidad del sistema de las Naciones Unidas en relación con la inclusión de la discapacidad. En consecuencia, los titulares del mandato han colaborado asiduamente con la Oficina Ejecutiva del Secretario General, que coordina y orienta la aplicación de la Estrategia, y con otras partes de las Naciones Unidas a través de su labor temática y relativa a los países. 16. En la resolución 44/10, el Consejo reconoció la aprobación de la resolución 2475 (2019) del Consejo de Seguridad, que aborda el impacto desproporcionado de los conflictos armados y las crisis humanitarias conexas en las personas con discapacidad, y del Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, que promueve prácticas accesibles e inclusivas de la discapacidad en la reducción del riesgo de desastres. En la resolución 2475 (2019) del Consejo de Seguridad y en el Marco de Sendái se hizo referencia al compromiso con la inclusión de la discapacidad en las agendas que abordan los desafíos mundiales y se pidió a la Relatoría Especial que tuviera en cuenta las situaciones humanitarias al establecer, compartir y promover buenas prácticas relacionadas con la realización de los derechos de las personas con discapacidad y su participación en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás personas. 17. En los últimos diez años, los titulares de la Relatoría Especial han utilizado el amplio marco del mandato para forjar sólidos vínculos con otras partes interesadas, y el mandato se ha convertido en una herramienta muy reconocida y visible para defender los derechos de las personas con discapacidad, una fuente en la formulación de orientaciones y recomendaciones sobre los principales problemas de derechos humanos de las personas con discapacidad y una plataforma para conectar la perspectiva de la discapacidad con programas mundiales más amplios. Por ello, se ha hecho especial hincapié en inducir un cambio sistémico, de modo que el cambio de paradigma que entraña la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad propicie efectos de índole práctica en la vida de las personas con discapacidad de todo el mundo, y en llevar una perspectiva de la discapacidad basada en los derechos humanos a distintos ámbitos de trabajo. A fin de cumplir el amplio mandato, con numerosas oportunidades de interacción y colaboración a distintos niveles, los titulares del mandato han asumido una carga de trabajo considerable, junto con una priorización estratégica de las esferas en las que podrían aportar valor añadido. El mandato ha contado con un considerable apoyo de Estados, asociados y otras partes interesadas, que han confirmado así su determinación de promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad. La actual titular del mandato espera seguir recibiendo apoyo para desempeñar su mandato con eficacia. 18. De conformidad con el mandato, la labor de la Relatoría Especial consiste básicamente en tres actividades relacionadas entre sí: a) Reunir, solicitar, recibir e intercambiar información y comunicaciones de los Estados y otras fuentes pertinentes, incluidas las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan y otras organizaciones de la sociedad civil, sobre las violaciones y abusos de los derechos de estas personas y sobre las leyes y políticas vigentes o en elaboración que no cumplan las normas internacionales de derechos humanos. Al mes de diciembre de 2023, los titulares del mandato habían puesto en marcha 215 comunicaciones desde 2014 o se habían sumado a ellas10; 10 GE.24-00836 Véase https://spcommreports.ohchr.org/TmSearch/Results?page=1. 5

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