A/HRC/RES/57/5 justicia y estén basadas en el respeto de los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, en un estado de derecho efectivo y una buena gobernanza a todos los niveles, y en instituciones transparentes y efectivas que rindan cuentas, Acogiendo con beneplácito los compromisos asumidos por todos los Estados en la declaración política titulada “Nuestro compromiso común de afrontar eficazmente los desafíos y aplicar medidas para prevenir y combatir la corrupción y reforzar la cooperación internacional”1, consistentes en promover, salvaguardando al mismo tiempo la protección de los datos personales y el derecho a la privacidad, el uso de innovaciones tecnológicas para prevenir, detectar y combatir la corrupción y facilitar el gobierno digital a este respecto, Reconociendo la importancia de un entorno propicio, a nivel nacional e internacional, para el pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de la relación de refuerzo mutuo entre la buena gobernanza y los derechos humanos, Reconociendo también que un gobierno transparente, responsable, que rinda cuentas de sus actos, abierto y participativo, que responda a las necesidades y aspiraciones de la población, incluidas las mujeres, los Pueblos Indígenas, las personas con discapacidad y quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y marginación, es la base de la buena gobernanza, y que dicha base es una de las condiciones indispensables para la plena efectividad de los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, especialmente en tiempos de crisis, Reconociendo además la importancia crucial de la participación activa de la sociedad civil, en los planos nacional, regional e internacional, en los procesos de gobernanza y en el fomento de la buena gobernanza, entre otras cosas mediante la transparencia y la rendición de cuentas, a todos los niveles, que son indispensables para la construcción de sociedades pacíficas, prósperas y democráticas, Destacando la importancia de elaborar y aplicar legislación nacional sobre la promoción del acceso a información diversa y fiable, asegurar la participación activa, libre y efectiva y reforzar la administración de justicia, la transparencia, la rendición de cuentas y la buena gobernanza a todos los niveles, Reafirmando el derecho de todo ciudadano a tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a la función pública de su país, como se consagra en el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 25 c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Reconociendo que una administración pública profesional, que rinda cuentas de sus actos, sea transparente y tenga el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad es uno de los componentes esenciales de la buena gobernanza, Reconociendo también que el conocimiento, la formación y la concienciación de los funcionarios públicos, la educación en derechos humanos y la promoción de una cultura de los derechos humanos en la administración pública desempeñan un papel esencial en la promoción del respeto y la efectividad de los derechos humanos en la sociedad, Acogiendo con beneplácito la contribución del programa Premio de Administración Pública de las Naciones Unidas, que reconoce la excelencia en la administración pública, a la promoción del papel, la profesionalidad y la visibilidad de la administración pública, y haciendo notar que se ha revisado con objeto de ajustarlo a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Reafirmando que la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres, así como de las niñas, libre de violencia y discriminación, en todos los niveles de la adopción de decisiones es indispensable para la buena gobernanza, Acogiendo con beneplácito los compromisos contraídos por todos los Estados en el Documento Final de la Cumbre Mundial 20052 de hacer de la lucha contra la corrupción una prioridad a todos los niveles, 1 2 2 Resolución S-32/1 de la Asamblea General, anexo. Resolución 60/1 de la Asamblea General. GE.24-18595

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