Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/43/6
Distr. general
30 de junio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
43er período de sesiones
24 de febrero a 13 de marzo y 15 a 23 de junio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 19 de junio de 2020
43/6.
Los derechos humanos de los migrantes: mandato del Relator Especial
sobre los derechos humanos de los migrantes
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se proclama
que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda
persona tiene los derechos y libertades establecidos en dicha Declaración, sin distinción
alguna, en particular por motivos de raza, color, sexo, religión u origen nacional,
Recordando toda la normativa internacional relacionada con los derechos humanos
de los migrantes,
Recordando también las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos
1999/44, de 27 de abril de 1999, 2002/62, de 25 de abril de 2002, y 2005/47, de 19 de abril
de 2005, las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos
sobre los derechos humanos de los migrantes y las resoluciones del Consejo 8/10, de 18 de
junio de 2008, 17/12, de 17 de junio de 2011, 26/19, de 26 de junio de 2014, y 34/21, de
24 de marzo de 2017, tituladas “Los derechos humanos de los migrantes: mandato del
Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes”,
Teniendo presente el párrafo 6 de la resolución 60/251 de la Asamblea General,
de 15 de marzo de 2006,
Recordando sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo
de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de
Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y
destacando que los titulares de los mandatos deberán desempeñar sus funciones de
conformidad con esas resoluciones y sus anexos,
Resuelto a garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todos los migrantes,
1.
Decide prorrogar por un período de tres años, con efecto a partir del término
de su 44º período de sesiones, el mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos
de los migrantes, con las funciones siguientes:
GE.20-08657 (S)
070720
080720