Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional sobre Mediación Comercial Internacional
y Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la
Mediación
A/RES/73/199
Creyendo que las modificaciones de la Ley Modelo sobre Conciliación
Comercial Internacional ayudarán en gran medida a los Estados a mejo rar su
legislación relativa al uso de técnicas de mediación modernas y a formular normas
legales al respecto cuando no existan,
Observando que la decisión de la Comisión de preparar al mismo tiempo una
convención sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la
mediación y una modificación de la Ley Modelo sobre Conciliación Comercial
Internacional tuvo por objeto reconocer las diferencias existentes entre las distintas
jurisdicciones en cuanto a su grado de experiencia en materia de med iación y ofrecer
a los Estados normas uniformes sobre la ejecución transfronteriza de los acuerdos de
transacción internacionales resultantes de la mediación, sin crear ninguna expectativa
en cuanto a la posibilidad de que los Estados interesados adoptasen uno u otro
instrumento 3,
Observando con satisfacción que la preparación de las modificaciones de la Ley
Modelo fue objeto de las debidas deliberaciones y que, en relación con ellas, se
efectuaron consultas con Gobiernos y con organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales,
1.
Expresa su aprecio a la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional por la finalización y aprobación de la Ley Modelo sobre
Mediación Comercial Internacional y Acuerdos de Transacción Internacio nales
Resultantes de la Mediación (por la que se modifica la Ley Modelo sobre Conciliación
Comercial Internacional) 4;
2.
Solicita al Secretario General que transmita el texto de la Ley Modelo a
los Gobiernos y otros órganos interesados;
3.
Recomienda que todos los Estados tomen debidamente en consideración
la Ley Modelo cuando revisen o aprueben leyes relacionadas con la mediación,
teniendo en cuenta la conveniencia de uniformar el derecho relativo a los
procedimientos de mediación y las necesidades concr etas de la práctica de la
mediación comercial internacional, e invita a los Estados que hayan utilizado la Ley
Modelo a que informen a la Comisión al respecto.
62 a sesión plenaria
20 de diciembre de 2018
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Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo perío do de sesiones,
Suplemento núm. 17 (A/72/17), párrs. 238 y 239; véase también A/CN.9/901, párr. 52.
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones,
Suplemento núm. 17 (A/73/17), anexo II.
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