A/RES/60/241
internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos
rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa
naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1° de enero y el
31 de diciembre de 19941, sobre la retención del personal y cuestiones de sucesión2,
y sobre las estimaciones revisadas como resultado de las variaciones de los tipos de
cambio y las tasas de inflación3;
2.
Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en los
informes conexos de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto4;
3.
Decide consignar en la Cuenta Especial para el Tribunal Penal
Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y
otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el
territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de
genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados
vecinos entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1994 la suma total de
269.758.400 dólares de los Estados Unidos en cifras brutas (246.890.000 dólares en
cifras netas) para el bienio 2006-2007, según se detalla en el anexo de la presente
resolución;
Decide también que la suma total sujeta a prorrateo para 2006 en la
4.
Cuenta Especial ascenderá a 134.879.200 dólares en cifras brutas, que representa la
mitad de la consignación estimada para el bienio 2006-2007;
Decide además prorratear entre los Estados Miembros la suma de
5.
67.439.600 dólares en cifras brutas (61.722.500 dólares en cifras netas) con arreglo
a la escala de cuotas aplicable al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para
2006, que figura en su resolución 58/1 B de 23 de diciembre de 2003;
Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 67.439.600
6.
dólares en cifras brutas (61.722.500 dólares en cifras netas) con arreglo a la escala
de cuotas aplicable a las operaciones de mantenimiento de la paz para 2006;
Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución
7.
973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del
prorrateo entre los Estados Miembros indicado en los párrafos 5 y 6 supra las partes
que les correspondan de la suma de 11.434.200 dólares en el Fondo de Nivelación
de Impuestos, que representa los ingresos estimados por concepto de contribuciones
del personal aprobados para el Tribunal Penal Internacional para Rwanda para 2006;
Decide además que se suspenderá la aplicación de las disposiciones del
8.
apartado d) del párrafo 3.2 y de los párrafos 5.3 y 5.4 del Reglamento Financiero y
Reglamentación Financiara Detallada de las Naciones Unidas 5 en relación con el
crédito por valor de 3.307.300 dólares en cifras brutas (3.875.900 de dólares en
cifras netas), que de otro modo debería devolverse conforme a dichas disposiciones;
Acoge con beneplácito las medidas que ha seguido tomando el Tribunal
9.
Penal Internacional para Rwanda, con arreglo a su estatuto, para ayudar al Gobierno
de Rwanda a fortalecer su sistema judicial y pide al Tribunal que redoble sus
esfuerzos por aumentar la capacidad del sistema judicial de Rwanda, entre otras
cosas mediante programas de contratación, capacitación y adscripción de juristas,
_______________
5
2
ST/SGB/2003/7.
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