A/RES/49/49 Página 3 9. Exhorta también a los Estados a que, cuando surjan controversias en relación con el incumplimiento de sus obligaciones internacionales respecto de la protección de las misiones o la seguridad de los representantes y funcionarios mencionados en el párrafo 2 supra, recurran a los medios de arreglo pacífico de controversias, incluidos los buenos oficios del Secretario General, y pide al Secretario General que, cuando lo considere apropiado, ofrezca sus buenos oficios a los Estados directamente interesados; 10. Pide a todos los Estados que remitan informes al Secretario General de conformidad con el párrafo 9 de la resolución 42/154, de 7 de diciembre de 1987; 11. Pide al Secretario General que presente anualmente un informe sobre la cuestión, de conformidad con el párrafo 12 de la resolución 42/154, en el que figure un resumen analítico de los informes recibidos con arreglo al párrafo 10 de la presente resolución, y que proceda a cumplir los otros cometidos que le incumben en virtud de la mencionada resolución; 12. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo primer período de sesiones el tema titulado "Consideración de medidas eficaces para aumentar la protección y la seguridad de las misiones y los representantes diplomáticos y consulares". 84ª sesión plenaria 9 de diciembre de 1994

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