A/RES/57/214
c)
Intensifique aun más su diálogo con los gobiernos y proceda al
seguimiento de las recomendaciones hechas en los informes tras sus visitas a
determinados países;
d)
Continúe prestando especial atención a las ejecuciones extrajudiciales,
sumarias o arbitrarias de niños y a las denuncias de violaciones del derecho a la vida
en el contexto de la represión violenta de participantes en manifestaciones y otras
reuniones públicas pacíficas o de personas pertenecientes a minorías;
e)
Continúe prestando especial atención a las ejecuciones extrajudiciales,
sumarias o arbitrarias de que hayan sido víctimas personas que realicen actividades
pacíficas en defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
f)
Continúe vigilando el cumplimiento de las normas internacionales
existentes sobre salvaguardias y limitaciones relativas a la aplicación de la pena
capital, teniendo en cuenta los comentarios hechos por el Comité de Derechos
Humanos en su interpretación del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos2 , así como de su segundo Protocolo Facultativo 8;
g)
Adopte en su labor una perspectiva de género;
13. Reconoce la importancia de que se tome conciencia de la necesidad de
eliminar las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, respecto de las
cuales no se debe ni condonar ni tolerar la impunidad, y subraya que las ejecuciones
extrajudiciales, sumarias o arbitrarias constituyen una violación flagrante de los
derechos humanos, en particular del derecho a la vida, del cual no se debe privar
arbitrariamente a ninguna persona, y, a ese respecto, alienta a la Relatora Especial a
que, en el marco de su mandato, siga reuniendo información de todos los
interesados, actúe eficazmente sobre la base de la información fidedigna que le sea
presentada, adopte las medidas complementarias necesarias en relación con las
comunicaciones y las visitas a los países, recabe las opiniones y observaciones de
los gobiernos y las consigne, según proceda, en sus informes;
14. Insta a la Relatora Especial a que, en el marco de su mandato, siga
señalando a la atención del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos los casos de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
que considere particularmente inquietantes o en los que una acción rápida pueda
impedir que la situación se agrave más;
15. Observa con satisfacción la cooperación que se ha establecido entre la
Relatora Especial y otros mecanismos y procedimientos de las Naciones Unidas en
materia de derechos humanos, así como con expertos médicos y forenses, y alienta a
la Relatora Especial a que persevere en su labor en ese sentido;
16. Insta encarecidamente a todos los gobiernos, en particular a los que
todavía no lo hayan hecho, a que respondan sin demora indebida a las
comunicaciones y a las solicitudes de información que les transmita la Relatora
Especial, y los exhorta, así como a todos los demás interesados, a que cooperen con
la Relatora Especial y le presten asistencia para que pueda cumplir eficazmente su
mandato, incluso, cuando corresponda, cursándole invitaciones si ella lo solicita;
17. Expresa su reconocimiento a los gobiernos que han invitado a la Relatora
Especial a que visite sus países, les pide que examinen cuidadosamente las
recomendaciones hechas por ella y los invita a que le informen de las medidas
_______________
8
4
Resolución 44/128, anexo.
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