A/HRC/RES/47/5
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
26 de julio de 2021
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
47º período de sesiones
21 de junio a 14 de julio de 2021
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 12 de julio de 2021
47/5.
El disfrute en pie de igualdad por todas las niñas del derecho
a la educación
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando el derecho de todo ser humano a la educación, consagrado, en particular,
en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de
derechos humanos pertinentes, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial,
Recordando todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Derechos Humanos, en
particular las resoluciones 32/20, de 1 de julio de 2016, y 35/22, de 22 de junio de 2017,
Recordando también que la igualdad de género y el derecho a la educación han sido
reconocidos en la Declaración y el Programa de Acción de Viena, el Programa de Acción de
la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Declaración y la
Plataforma de Acción de Beijing y los documentos finales de sus conferencias de examen,
Reafirmando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015,
titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que la Asamblea aborda la necesidad de lograr la igualdad de género y el empoderamiento
de todas las mujeres y niñas, con el fin de asegurar que no se deje a nadie atrás, y afirma que
al implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es crucial incorporar
sistemáticamente la perspectiva de género,
Reconociendo que la plena efectividad del derecho a la educación para todos es una
condición esencial para el logro del desarrollo sostenible y, a ese respecto, alentando a
los Estados a que implementen de forma efectiva la Agenda 2030, incluidos el Objetivo de
Desarrollo Sostenible 4, consistente en garantizar una educación inclusiva y equitativa de
calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos, con el compromiso
de eliminar la disparidad de género en la educación, y el Objetivo 5 de lograr la igualdad de
género y empoderar a todas las mujeres y las niñas,
GE.21-10267 (S)
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