A/RES/48/15
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objetos expuestos sino también los que se guardan en depósito y que incluyan
toda la documentación necesaria, especialmente fotografías de cada objeto;
7.
Invita también a los Estados Miembros que hacen investigaciones de
recuperación de tesoros culturales y artísticos en los fondos marinos, de
conformidad con el derecho internacional, a que faciliten en condiciones
mutuamente aceptables la participación de los Estados que tengan lazos
históricos y culturales con esos tesoros;
8.
Encarece a los Estados Miembros que cooperen estrechamente con el
Comité Intergubernamental para promover la devolución de los bienes culturales
a sus países de origen o su restitución en caso de apropiación ilícita y que
concierten acuerdos bilaterales a ese efecto;
9.
Encarece también a los Estados Miembros que alienten a los medios
de información y a las instituciones educacionales y culturales a que hagan lo
necesario para fomentar una mayor conciencia general en lo que respecta a la
devolución o restitución de bienes culturales a sus países de origen;
10.
Pide a los Estados partes en la Convención sobre las medidas que
deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la
transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales que mantengan al
Secretario General de las Naciones Unidas y al Director General de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
plenamente informados de las medidas que tomen para garantizar la aplicación
de la Convención en el plano nacional;
11.
Pide al Secretario General que, en colaboración con la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura, siga haciendo todo lo posible para alcanzar los objetivos
mencionados;
12.
Se felicita del aumento constante del número de Estados partes en
dicha Convención;
13.
Invita nuevamente a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho
a que firmen y ratifiquen dicha Convención;
14.
Pide al Secretario General de las Naciones Unidas que, en
cooperación con el Director General de la Organización de las Naciones Unidas
para la Educación, la Ciencia y la Cultura, presente a la Asamblea General en
su quincuagésimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la
presente resolución;
15.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
período de sesiones el tema titulado "Devolución o restitución de bienes
culturales a sus países de origen".
47a. sesión plenaria
2 de noviembre de 1993