A/RES/77/233 Fortalecimiento de los esfuerzos nacionales e internacionales, incluso con el sector privado, para proteger a los niños de la explotación y los abusos sexuales 6. Alienta a los Estados Miembros a que adopten medidas legislativas y de otro tipo para prevenir la violencia y los daños contra los niños, incluidos la explotación y los abusos sexuales en línea, y protegerlos de esos actos, entre otras cosas estudiando medidas, adecuadas a sus contextos nacionales, que exijan la prevención, la detección, la denuncia y la eliminación del material que muestra abusos sexuales de niños en línea, incluida la solicitación de ese material facilitada por la tecnología, la captación de niños por Internet con fines sexuales y el alojamiento de material de este tipo en servidores en línea; 7. Alienta también a los Estados Miembros a que, en consonancia con los marcos jurídicos nacionales, adopten las medidas legislativas y de políticas que proceda, incluido el refuerzo de la legislación vigente, para que las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley puedan prevenir la explotación y los abusos sexuales de niños en línea y responder a ellos, y a que protejan a los niños de la explotación y los abusos sexuales en línea y participen activamente en la cooperación policial internacional con ese fin; 8. Invita a los Estados Miembros a que tengan en cuenta las mejores prácticas de otros Estados Miembros, en particular las que alientan al sector privado a intensificar sus esfuerzos para luchar contra la explotación y los abusos sexuales de niños en línea, y elaboren y promuevan normas acordadas voluntariamente por todo el sector sobre la seguridad de los niños en Internet que fomenten la transparencia y la cooperación entre los sectores público y privado; 9. Exhorta a los Estados Miembros a que intercambien información y reflexiones sobre sus respectivos marcos de legislación, políticas, procedimientos y prácticas, así como sobre sus experiencias y conocimientos, incluso en relación con los regímenes nacionales para la denuncia de material que muestre la explotación y los abusos sexuales de niños en línea, a fin de permitir la colaboración interjurisdiccional y fomentar las mejores prácticas; 10. Exhorta también a los Estados Miembros a que reconozcan la necesidad de contar con conjuntos de datos comunes sobre material conocido que muestra abusos sexuales de niños, como la Base de Datos Internacional de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) sobre Explotación Sexual de Menores, y promuevan su utilización por las autoridades competentes o entre ellas, a los fines de detectar, denunciar y eliminar material, incluidas imágenes y videos que muestren explotación y abusos sexuales de niños, de los servidores en línea, y a que trabajen en pro de una armonización adecuada de la terminología relacionada con el material que muestra abusos sexuales de niños para proteger la seguridad y la intimidad de las víctimas y prevenir su explotación y abuso reiterados; 11. Exhorta además a los Estados Miembros a que promuevan la concienciación sobre la necesidad urgente de que los Gobiernos, los proveedores de servicios de Internet y de acceso a Internet y otros agentes actúen para proteger a los niños de la explotación y los abusos sexuales y a que faciliten el diálogo entre las diferentes entidades y sectores necesarios para dar una respuesta eficaz; 12. Insta a los Estados Miembros a que creen una mayor conciencia pública de la gravedad del material que muestra explotación y abusos sexuales de niños, de que ese material constituye delitos sexuales contra los niños y de que la producción, la distribución y el consumo de ese material hacen que más niños corran el riesgo de sufrir explotación y abusos sexuales, ya que, entre otras cosas, normalizan la conducta que se muestra en él y alimentan su demanda; 13. Exhorta a los Estados Miembros a que desarrollen estrategias eficaces que tengan en cuenta el género y la edad para prevenir y combatir la explotación y los abusos sexuales de niños, lo que incluye garantizar que las instituciones que prestan 6/8 22-28999

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