A/RES/55/103
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
2 de marzo de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 114 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add.2)]
55/103. Cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias
La Asamblea General,
Inspirándose en los propósitos y principios enunciados en la Carta de las
Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los Pactos
internacionales de derechos humanos 2 y los demás instrumentos internacionales
relativos a los derechos humanos,
Recordando su resolución 33/173, de 20 de diciembre de 1978, relativa a las
personas desaparecidas, y sus resoluciones anteriores relativas a la cuestión de las
desapariciones forzadas o involuntarias, en particular la resolución 53/150, de 9 de
diciembre de 1998,
Recordando también su resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992, por la
que proclamó la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las
desapariciones forzadas como conjunto de principios aplicables por todos los
Estados,
Observando con preocupación que, según el Grupo de Trabajo sobre
Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Comisión de Derechos Humanos, la
práctica de varios Estados puede ser contraria a la Declaración,
Profundamente preocupada, en particular, por la intensificación de las
desapariciones forzadas en diversas regiones del mundo y por la gran cantidad de
información sobre hostigamiento, malos tratos e intimidación de testigos de
desapariciones o familiares de los desaparecidos,
Insistiendo en que la impunidad de los actos que conduzcan a desapariciones
forzadas contribuye a perpetuar este fenómeno y constituye uno de los obstáculos
para explicarlo,
Tomando nota con interés de las iniciativas tomadas en los planos nacional e
internacional para poner fin a la impunidad,
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00 56560
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.