A/RES/55/103 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 2 de marzo de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 114 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add.2)] 55/103. Cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias La Asamblea General, Inspirándose en los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los Pactos internacionales de derechos humanos 2 y los demás instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos, Recordando su resolución 33/173, de 20 de diciembre de 1978, relativa a las personas desaparecidas, y sus resoluciones anteriores relativas a la cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias, en particular la resolución 53/150, de 9 de diciembre de 1998, Recordando también su resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992, por la que proclamó la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas como conjunto de principios aplicables por todos los Estados, Observando con preocupación que, según el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Comisión de Derechos Humanos, la práctica de varios Estados puede ser contraria a la Declaración, Profundamente preocupada, en particular, por la intensificación de las desapariciones forzadas en diversas regiones del mundo y por la gran cantidad de información sobre hostigamiento, malos tratos e intimidación de testigos de desapariciones o familiares de los desaparecidos, Insistiendo en que la impunidad de los actos que conduzcan a desapariciones forzadas contribuye a perpetuar este fenómeno y constituye uno de los obstáculos para explicarlo, Tomando nota con interés de las iniciativas tomadas en los planos nacional e internacional para poner fin a la impunidad, 1 2 00 56560 Resolución 217 A (III). Resolución 2200 A (XXI), anexo.

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