A/RES/56/12
plano interinstitucional, de conformidad con la resolución 54/33, e insta a todos los
órganos de las Naciones Unidas a que contribuyan a ese proceso señalando a la
atención de la Secretaría y del Subcomité sobre Océanos y Zonas Costeras del
Comité Administrativo de Coordinación las esferas de sus trabajos que puedan
afectar, directa o indirectamente, la labor de otros órganos de las Naciones Unidas;
50. Pide también al Secretario General que señale la presente resolución a la
atención de los jefes de las organizaciones intergubernamentales, los organismos
especializados y los fondos y programas de las Naciones Unidas que lleven a cabo
actividades relacionadas con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, señalando a
su atención los párrafos que más se apliquen a ellos, y destaca la importancia de su
aportación constructiva y oportuna al informe del Secretario General sobre los
océanos y el derecho del mar y de su participación en las reuniones y procesos
pertinentes;
51. Invita a las organizaciones internacionales competentes, así como a las
instituciones financieras, a que en sus programas y actividades tengan expresamente
en cuenta la presente resolución y contribuyan a la preparación del informe amplio
del Secretario General sobre los océanos y el derecho del mar;
XV. Fondos fiduciarios
52. Reconoce la importancia de los fondos fiduciarios establecidos por el
Secretario General de conformidad con lo dispuesto en la resolución 55/7 de la
Asamblea General con el objeto de prestar asistencia a los Estados en la solución de
controversias en el Tribunal 20, y de ayudar a los países en desarrollo, especialmente
a los menos adelantados y a los pequeños Estados insulares en desarrollo, en la
preparación de presentaciones ante la Comisión de conformidad con el artículo 76
de la Convención 21, a sufragar los gastos que acarree la participación de los
miembros de la Comisión en las reuniones de la Comisión 22, y a asistir a las
reuniones del proceso de consultas 23, e invita a los Estados, las organizaciones y
organismos intergubernamentales, las instituciones nacionales, las organizaciones
no gubernamentales y las instituciones financieras internacionales, así como a las
personas naturales y jurídicas, a que hagan contribuciones voluntarias o de otro tipo
a esos fondos fiduciarios;
XVI. Quincuagésimo séptimo período de sesiones de la Asamblea General
53. Decide dedicar durante dos días, a saber, el 9 y el 10 de diciembre
de 2002, las sesiones plenarias del quincuagésimo séptimo período de sesiones de la
Asamblea General al examen del tema titulado “Los océanos y el derecho del mar”
y a la celebración del vigésimo aniversario de la apertura a la firma de la
Convención, e insta a los Estados Miembros y observadores a que se hagan
representar al más alto nivel posible;
54. Pide al Secretario General que le presente en el quincuagésimo séptimo
período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución,
incluidos otros acontecimientos y cuestiones relacionados con los asuntos oceánicos
y el derecho del mar, en el contexto de su informe anual amplio sobre los océanos y
_______________
20
Véase resolución 55/7, párr. 9.
Ibíd., párr. 18.
22
Ibíd., párr. 20.
23
Ibíd., párr. 45.
21
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