A/HRC/RES/48/20 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de octubre de 2021 Español Original: francés Consejo de Derechos Humanos 48º período de sesiones 13 de septiembre a 11 de octubre de 2021 Tema 10 de la agenda Asistencia técnica y fomento de la capacidad Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 11 de octubre de 2021 48/20. Asistencia técnica y fomento de la capacidad para la República Democrática del Congo en la esfera de los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Reafirmando que todos los Estados tienen la obligación de promover y proteger los derechos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, y de cumplir las obligaciones dimanantes de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y los demás instrumentos pertinentes en que son partes, Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, Recordando también sus propias resoluciones 5/1, de 18 de junio de 2007, 7/20, de 27 de marzo de 2008, y S-8/1, de 1 de diciembre de 2008, Recordando además sus resoluciones 10/33, de 27 de marzo de 2009, 13/22, de 26 de marzo de 2010, 16/35, de 25 de marzo de 2011, 19/27, de 23 marzo de 2012, 24/27, de 27 de septiembre de 2013, 27/27, de 26 de septiembre de 2014, 30/26, de 2 de octubre de 2015, 33/29, de 30 de septiembre de 2016, 35/33, de 23 de junio de 2017, 36/30, de 29 de septiembre de 2017, 39/20, de 28 de septiembre de 2018, 42/34, de 27 de septiembre de 2019, y 45/34, de 7 de octubre de 2020, en las que el Consejo de Derechos Humanos exhortó a la comunidad internacional a que apoyara la labor realizada por la República Democrática del Congo y sus instituciones para mejorar la situación de los derechos humanos en el país y a que atendiera sus peticiones de asistencia técnica, Tomando nota del informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos y las actividades de la Oficina Conjunta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo1, presentado al Consejo de Derechos Humanos en cumplimiento de su resolución 45/34, Profundamente preocupado por la persistencia de las vulneraciones de derechos cometidas contra niñas, niños y mujeres, que incluyen actos de violencia sexual y violencia de género, y afirmando, por un lado, que deben prevenirse, condenarse y eliminarse todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas y, por otro lado, que debe garantizarse el 1 A/HRC/48/47. GE.21-14693 (S) 201021 201021

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