A/HRC/RES/48/20
acceso de las víctimas a la justicia y obligarse a los autores de dichas vulneraciones a
responder de sus actos,
Preocupado por la degradación de las condiciones de seguridad y del respeto de los
derechos humanos en algunas zonas del este de la República Democrática del Congo, y en
particular por la preocupante situación en las provincias de Ituri, Kivu del Norte, Kivu del
Sur, Maniema y Tanganica,
Haciendo notar los progresos realizados por las Fuerzas Armadas de la República
Democrática del Congo para impedir el reclutamiento y la utilización de niños y niñas y
poner fin a esas prácticas,
Haciendo notar también la actualización del Plan de Acción Nacional para Combatir
las Peores Formas de Trabajo Infantil en la República Democrática del Congo,
Preocupado por las consecuencias humanitarias de la violencia que afecta a la
población civil, especialmente a los niños y niñas y a las mujeres, que han dado lugar a un
incremento considerable del número de desplazadas y desplazados internos y de personas
que necesitan asistencia humanitaria,
Acogiendo con satisfacción los avances logrados en 2020, así como las medidas
adoptadas por el Presidente para poner fin a las vulneraciones de las libertades fundamentales
y los derechos humanos en la República Democrática del Congo,
Preocupado por la intensificación de las vulneraciones de las libertades
fundamentales relacionadas con restricciones de libertades y por el deterioro de la situación
en los centros de detención,
Preocupado también por el recrudecimiento del discurso de odio y de los mensajes de
incitación al odio contrarios a las disposiciones del párrafo 2 del artículo 20 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, descrito en un informe de la Oficina Conjunta
de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo de
marzo de 2021, y en particular por la amenaza que supone ese recrudecimiento para la
cohesión nacional, la paz, la seguridad duradera y la protección de la población civil, debido
al aumento del riesgo de discriminación y violencia interétnica y de otros tipos,
Exhortando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que prosiga e
intensifique su labor destinada a respetar, proteger y garantizar todos los derechos humanos
y las libertades fundamentales de todas y todos, de conformidad con sus obligaciones
internacionales, y a que respete el estado de derecho,
Preocupado por las detenciones arbitrarias —realizadas por los servicios de
seguridad— de profesionales de la justicia, en particular miembros de la abogacía, y de otros
actores de la sociedad civil, como activistas de derechos humanos y denunciantes de
irregularidades,
Preocupado también por los casos de detenciones arbitrarias realizadas por el poder
judicial, y recordando que la detención debe ser, en todas las circunstancias, una excepción
al principio del respeto de las libertades fundamentales de la ciudadanía congolesa,
Recordando la necesidad de garantizar no solo el derecho de oposición, sino también
el pleno ejercicio de las funciones parlamentarias en un sistema democrático,
Encomiando el informe del Equipo de Expertos Internacionales sobre la situación en
Kasái2, encargado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 45/34, tomando
nota de sus conclusiones y recomendaciones y acogiendo con satisfacción la cooperación
continua del Gobierno de la República Democrática del Congo con el Equipo de Expertos
Internacionales, en particular facilitándole el acceso al país, los lugares y las personas,
Reconociendo la importante función que desempeñan la Misión de Estabilización de
las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo y la Oficina Conjunta de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo
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A/HRC/48/82.
GE.21-14693