A/RES/50/194
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Políticos 7/, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 7/ y en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes 8/;
13.
Insta al Gobierno de Myanmar a que cumpla sus obligaciones como
Estado parte en el Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio de 1930
(No. 29), y el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho
de sindicación de 1948 (No. 87), de la Organización Internacional del Trabajo;
14.
Subraya la importancia de que el Gobierno de Myanmar preste
particular atención a las condiciones reinantes en las cárceles del país y
permita al Comité Internacional de la Cruz Roja comunicarse libremente y en
forma confidencial con los presos;
15.
Exhorta al Gobierno de Myanmar a que respete plenamente las
obligaciones establecidas en los Convenios de Ginebra de 12 de agosto
de 1949 9/, y a que utilice los servicios que puedan brindar órganos
humanitarios imparciales;
16.
Expresa su profunda preocupación por los ataques lanzados el año
pasado por soldados del ejército de Myanmar contra los karenes y los karennis,
lo que ha dado lugar a que nuevas corrientes de refugiados se dirijan a un
país vecino;
17.
Acoge con beneplácito la cesación de las hostilidades tras la
concertación de acuerdos de cesación del fuego entre el Gobierno de Myanmar y
varios grupos étnicos;
18.
Alienta al Gobierno de Myanmar a que establezca las condiciones
necesarias para poner fin a las corrientes de refugiados a los países vecinos
y facilitar su regreso voluntario y su plena reintegración en condiciones de
seguridad y dignidad;
19.
Pide al Secretario General que prosiga sus conversaciones con el
Gobierno de Myanmar a fin de contribuir a la aplicación de la presente
resolución y apoyar sus esfuerzos encaminados a conseguir la reconciliación
nacional, y que presente un informe a la Asamblea General en su quincuagésimo
primer período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su
52º período de sesiones;
20.
Decide seguir examinando esta cuestión en su quincuagésimo primer
período de sesiones.
99ª sesión plenaria
22 de diciembre de 1995
7/
Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
8/
Resolución 39/46, anexo.
9/
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973.