A/RES/50/194 Página 4 Políticos 7/, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 7/ y en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 8/; 13. Insta al Gobierno de Myanmar a que cumpla sus obligaciones como Estado parte en el Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio de 1930 (No. 29), y el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de 1948 (No. 87), de la Organización Internacional del Trabajo; 14. Subraya la importancia de que el Gobierno de Myanmar preste particular atención a las condiciones reinantes en las cárceles del país y permita al Comité Internacional de la Cruz Roja comunicarse libremente y en forma confidencial con los presos; 15. Exhorta al Gobierno de Myanmar a que respete plenamente las obligaciones establecidas en los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 9/, y a que utilice los servicios que puedan brindar órganos humanitarios imparciales; 16. Expresa su profunda preocupación por los ataques lanzados el año pasado por soldados del ejército de Myanmar contra los karenes y los karennis, lo que ha dado lugar a que nuevas corrientes de refugiados se dirijan a un país vecino; 17. Acoge con beneplácito la cesación de las hostilidades tras la concertación de acuerdos de cesación del fuego entre el Gobierno de Myanmar y varios grupos étnicos; 18. Alienta al Gobierno de Myanmar a que establezca las condiciones necesarias para poner fin a las corrientes de refugiados a los países vecinos y facilitar su regreso voluntario y su plena reintegración en condiciones de seguridad y dignidad; 19. Pide al Secretario General que prosiga sus conversaciones con el Gobierno de Myanmar a fin de contribuir a la aplicación de la presente resolución y apoyar sus esfuerzos encaminados a conseguir la reconciliación nacional, y que presente un informe a la Asamblea General en su quincuagésimo primer período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su 52º período de sesiones; 20. Decide seguir examinando esta cuestión en su quincuagésimo primer período de sesiones. 99ª sesión plenaria 22 de diciembre de 1995 7/ Véase resolución 2200 A (XXI), anexo. 8/ Resolución 39/46, anexo. 9/ Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973.

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