A/RES/55/118 2. Encomia a la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití por el adiestramiento y la supervisión de la Policía Nacional de Haití, así como a la Misión Civil Internacional en Haití por seguir de cerca la situación de los derechos humanos y sus actividades de apoyo a las instituciones democráticas, y toma nota de que los mandatos de ambas concluyeron el 15 de marzo de 2000, lo cual allanó el camino para la creación de la Misión Civil Internacional de Apoyo en Haití, con el mandato de ampliar y consolidar los resultados obtenidos en ese ámbito; 3. Destaca la necesidad de que la Policía Nacional de Haití continúe adoptando medidas más eficaces a fin de mejorar su desempeño por medio, entre otras cosas, de la asistencia técnica, el adiestramiento y la formación con objeto de actuar de forma eficiente, dentro del marco del respeto de los derechos humanos, para frenar el incremento alarmante de la inseguridad en el país; 4. Reitera su invitación al Gobierno de Haití a que ratifique, lo antes posible, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 9 y los Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 10; 5. Pide a todos los gobiernos interesados que pongan a disposición del Gobierno de Haití información y documentación que le permita enjuiciar a los autores de violaciones de los derechos humanos, a fin de consolidar los intentos que ya han realizado las autoridades del país para acabar con la impunidad y facilitar el proceso de reconciliación; 6. Exhorta al Gobierno de Haití a que continúe llevando adelante las reformas estructurales de la policía y el sistema judicial y la mejora del sector penitenciario, a que investigue debidamente los crímenes que obedezcan a móviles políticos y a que procese a los autores de tales crímenes conforme al derecho de Haití, a que adopte medidas enérgicas para eliminar las violaciones de los derechos humanos que subsistan, incluidas las detenciones y encarcelamientos ilegales, así como el encarcelamiento de personas por las autoridades en violación de las decisiones de los tribunales sobre su puesta en libertad, y a que vele por que existan las debidas garantías procesales, entre ellas plazos razonables; 7. Reafirma la importancia de las investigaciones emprendidas por la Comisión Nacional de la Verdad y la Justicia para acabar con la impunidad y conseguir que el proceso de transición y de reconciliación nacional sea auténtico y efectivo, y alienta al Gobierno de Haití a que continúe sometiendo a juicio a los autores de las violaciones de los derechos humanos denunciadas por la Comisión Nacional y a que cree mecanismos eficaces de apoyo a las víctimas, en particular a las mujeres, los niños y sus familiares; 8. Acoge con satisfacción la decisión del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos de que la Organización, actuando junto con la Comunidad del Caribe y otros agentes políticos y grupos de la sociedad civil, preste asistencia al Gobierno de Haití y a todas las demás partes interesadas a fin de determinar, lo antes posible, las opciones que existan y formular recomendaciones para resolver las dificultades ocasionadas por las interpretaciones conflictivas de la ley electoral, y expresa la esperanza de que, como consecuencia, el Gobierno de 9 Resolución 39/46, anexo. Véanse resoluciones 2200 A (XXI), anexo, y 44/128, anexo. 10 3

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