A/RES/80/266
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
5 de junio de 2026
Octogésimo período de sesiones
Tema 13 del programa
Aplicación y seguimiento integrados y
coordinados de los resultados de las grandes
conferencias y cumbres de las Naciones
Unidas en las esferas económica y social y
esferas conexas
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 4 de junio de 2026
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/80/L.72)]
80/266.
Educación para la paz
La Asamblea General,
Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el
compromiso asumido por todos los Estados Miembros de promover y fomentar el
respeto universal y la efectividad de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales, entre otros, el derecho a la educación,
Reafirmando también el derecho de toda persona a la educación, consagrado en
la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención sobre los Derechos del Niño 3, la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial 4, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer 5, la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad 6 y otros instrumentos pertinentes,
Recordando que la educación debe estar dirigida a desarrollar plenamente la
personalidad y fortalecer el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
4
Ibid., vol. 660, núm. 9464.
5
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
6
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
2
26-07987 (S)
*2607987*
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