A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/48/150 31 de enero de 1994 Cuadragésimo octavo período de sesiones Tema 114 c) del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/48/632/Add.3)] 48/150. Situación de los derechos humanos en Myanmar La Asamblea General, Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y detallados en la Declaración Universal de Derechos Humanos 1/, en los Pactos internacionales de derechos humanos 2/ y en otros instrumentos de derechos humanos aplicables, Consciente de que, de conformidad con la Carta, la Organización promueve y estimula el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y de que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se estipula que "la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público", Recordando su resolución 47/144, de 18 de diciembre de 1992, Recordando también la resolución 1992/58 de la Comisión de Derechos Humanos, de 3 de marzo de 1992 3/, en la que la Comisión, entre otras cosas, decidió nombrar un relator especial con objeto de que estableciese contactos directos con el Gobierno y el pueblo de Myanmar, comprendidos los dirigentes políticos privados de libertad, sus familias y sus abogados, a fin de examinar ____________ 1/ Resolución 217 A (III). 2/ Resolución 2200 A (XXI), anexo. 3/ Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1992, Suplemento No. 2 (E/1992/22), cap. II, secc. A. /...

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