A/RES/55/103 17. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que continúe estudiando esta cuestión con carácter prioritario y que, cuando examine el informe que éste habrá de presentar a la Comisión en su 57° período de sesiones, tome todas las medidas que juzgue necesarias para la ejecución de la labor del Grupo de Trabajo y la aplicación de sus recomendaciones; 18. Pide una vez más al Secretario General que continúe proporcionando al Grupo de Trabajo todos los medios que necesite para cumplir su tarea y, más concretamente, para realizar misiones y llevar a la práctica las conclusiones de éstas; 19. Pide al Secretario General que le informe de las medidas que adopte para dar a conocer y promover ampliamente la Declaración; 20. Pide también al Secretario General que le presente en su quincuagésimo séptimo período de sesiones un informe relativo a las medidas adoptadas en cumplimiento de esta resolución; 21. Decide examinar la cuestión de las desapariciones forzadas y en especial la aplicación de la Declaración en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, en relación con el subtema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos, incluidos distintos criterios para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. 81a. sesión plenaria 4 de diciembre de 2000 4

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