A/HRC/57/48 especulación en situaciones de escasez. Por otro lado, al reasignar caudales durante las sequías, deben dar prioridad a los derechos humanos, los sectores más vulnerables y la sostenibilidad de los ecosistemas90. 129. Existe un amplio abanico de medidas que pueden integrarse en los planes de adaptación basados en políticas públicas adecuadas que no impliquen manipular el agua en mercados de futuros ni emprender estrategias especulativas91. VII. Conclusiones y recomendaciones 130. Habida cuenta de que las Naciones Unidas tienen que elaborar una estrategia general sobre el agua y el saneamiento, el Relator Especial recomienda: a) Reconocer el agua como un bien común, con responsabilidades anidadas a nivel local, de cuenca y global; b) Reconocer los ecosistemas acuáticos, ríos, humedales y acuíferos como patrimonio natural común, vinculado a las poblaciones que dependen de ellos y que deben asumir la responsabilidad de garantizar su buen estado y su sostenibilidad desde una perspectiva intergeneracional; c) Reconocer las aguas extraídas de estos ecosistemas como un bien común de las poblaciones que se abastecen de ellas para usos múltiples, con la responsabilidad de garantizar la primacía de los derechos humanos, así como el uso equitativo y responsable desde la lógica del interés general; d) Reconocer el ciclo del agua y el sistema climático como patrimonio global común de la humanidad, estableciendo criterios justos de responsabilidad y acuerdos e instituciones que permitan una gobernanza democrática eficaz. 131. El Relator Especial recomienda promover un enfoque de gestión del agua presidido por el principio de sostenibilidad y basado en los derechos humanos, sustentado en las siguientes prioridades: a) Agua para la vida, como prioridad máxima, en usos y funciones que favorezcan la sostenibilidad, la biodiversidad y, en particular, la vida y la dignidad de las personas; b) Agua de interés general, en los usos y las funciones que se hayan establecido como de interés general para la sociedad, en un segundo nivel de prioridad; c) Agua para el desarrollo económico, en un tercer orden de prioridad, en actividades productivas, más allá de las necesidades básicas y el ejercicio de los derechos humanos. 132. El Relator Especial recomienda: a) Establecer de forma efectiva el dominio público sobre los ríos, humedales y acuíferos, así como sobre las aguas extraídas de ellos, con el fin de promover una gestión sostenible, equitativa, participativa, transparente y responsable; b) Planificar y gestionar el agua a nivel de cuenca, desde instituciones abiertas a una amplia participación pública; c) Velar por una gestión sin fines de lucro de los servicios de agua potable y saneamiento a partir de las competencias locales, reforzando las capacidades locales mediante estrategias de alianzas público-públicas y forjando estrategias de alianzas público-comunitarias en los lugares en que esté vigente la gestión comunitaria; 90 91 GE.24-13383 A/76/159. Ibid. 21

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