A/79/151 la participación electoral de las personas LGBT y la propagación del discurso del odio, especialmente durante los períodos de campaña electoral. II. Instrumentos de derechos humanos internacionales y regionales pertinentes 7. La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce la participación electoral como mecanismo clave para que todas las personas participen en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos 12. La Declaración sostiene que, para que la autoridad del poder público resida en la voluntad del pueblo, “esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto ” 13. El artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconoce el derecho de todos los ciudadanos, sin discriminación ni restricciones indebidas, “a votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores ” 14. Independientemente de la forma de gobierno, los Estados están obligados a proteger estos derechos. 8. Desde su fundación, las Naciones Unidas han reconocido los principios democráticos como parte esencial de sus valores fundamentales, tanto en la Carta fundacional de las Naciones Unidas como en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que orientan su labor en materia de desarrollo, paz y seguridad, y derechos humanos, respectivamente. El sistema de la Naciones Unidas promueve la gobernanza democrática para impulsar el aumento de la participación, la igualdad, la seguridad y el desarrollo humano. En la Cumbre Mundial de 2005, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas expresaron su compromiso con la democracia como principio básico, y reiteraron ese compromiso en 2007, en la resolución 62/7 de la Asamblea General. En 2009, el Secretario General publicó una nota orientativa presentando un “marco para la democracia”, en la que alentaba a la participación popular en elecciones libres y limpias y al apoyo a las mismas, fomentando el desarrollo de una cultura democrática, promoviendo una gobernanza inclusiva y con capacidad de respuesta, y apoyando una sociedad civil fuerte y dinámica 15. La Asamblea General reconoce que estas obligaciones incluyen el deber de garantizar la participación democrática igualitaria de todas las personas, sin ningún tipo de discriminación, incluida la basada en la orientación sexual o la identidad de género 16. 9. Los principios internacionales para las elecciones democráticas y la prohibición general de la discriminación se aplican a todas las personas sin distinción y, por tanto, también deben tenerse en cuenta en relación con la participación electoral de las personas LGBT. Las normas sobre el “sufragio universal e igual” son claramente de aplicación, ya que la discriminación merma la posibilidad de participar en las elecciones en igualdad de condiciones con los demás. Las garantías relativas a la “libre expresión de la voluntad de los electores” también son directamente __________________ 12 13 14 15 16 24-12964 Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 21, párr. 1. Ibid., art. 21, párr. 3. Véase la observación general núm. 25 (1996) del Comité de Derechos Humanos sobre la participación en los asuntos públicos y el derecho de voto ACNUDH, “Nota orientativa del Secretario General sobre la democracia”, 27 de agosto de 2009. Resolución 78/208 de la Asamblea General, párr. 7. 5/28

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