Naciones Unidas Asamblea General A/RES/55/116 Distr. general 12 de marzo de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 114 c) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add.3)] 55/116. Situación de los derechos humanos en el Sudán La Asamblea General, Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los Pactos internacionales de derechos humanos 2 y otros instrumentos de derechos humanos pertinentes y de cumplir los compromisos que han contraído en virtud de diversos instrumentos internacionales en esta esfera, Teniendo presente que el Sudán es parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención sobre los Derechos del Niño 3, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos 4 y los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 5, Recordando sus resoluciones anteriores sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán, y tomando nota de la resolución 2000/27 de la Comisión de Derechos Humanos, de 18 de abril de 2000 6, Consciente de la apremiante necesidad de que el Gobierno del Sudán aplique medidas adicionales eficaces en la esfera de los derechos humanos y del socorro humanitario para proteger a la población civil de los efectos del conflicto armado, Expresando su firme convencimiento de que los avances hacia un arreglo pacífico del conflicto en el Sudán meridional en el marco de la iniciativa de paz de la Autoridad Intergubernamental de Desarrollo contribuirán en buena medida a crear un ambiente más propicio al respeto de los derechos humanos en el Sudán, 1 Resolución 217 A (III). Resolución 2200 A (XXI), anexo. 3 Resolución 44/25, anexo. 4 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1520, No. 26363. 5 Ibíd., vol. 75, Nos. 970 a 973. 6 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2000, Suplemento No. 3 y corrección (E/2000/23 y Corr.1), cap. II, secc. A. 2 00 56638

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