A/RES/57/26
4.
Toma nota del documento preparado por la Secretaría, titulado
“Mecanismos establecidos por la Asamblea General en el contexto de la prevención
y la solución de controversias” 8;
Insta a que se sigan mejorando las medidas concretas adoptadas por la
5.
Secretaría para fomentar y aumentar la capacidad de las Naciones Unidas de
responder con eficacia y eficiencia en los asuntos relacionados con la prevención de
las controversias, entre otras cosas mediante el fortalecimiento de los mecanismos
de cooperación para el intercambio de información, la planificación y la elaboración
de medidas preventivas; la elaboración de un plan amplio para reactivar un sistema
de alerta temprana y prevención en las Naciones Unidas; las actividades de
capacitación encaminadas a respaldar el aumento de la capacidad en esas esferas y
la cooperación con las organizaciones regionales;
6.
Alienta a los Estados a que designen personas con la idoneidad apropiada
que estén dispuestas a prestar servicios de determinación de los hechos para
incluirlas en la nómina establecida por el Secretario General en cumplimiento del
párrafo 4 de la resolución 2329 (XXII);
7.
Alienta a los Estados pertinentes a que también designen personas con la
idoneidad apropiada para incluir sus nombres en las listas de conciliadores y
árbitros contempladas en algunos tratados, incluida la Convención de Viena sobre el
derecho de los tratados 9 y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar 10;
8.
considere
idoneidad
de las que
Pide al Secretario General que periódicamente tome las medidas que
necesarias para alentar a los Estados a que designen personas con la
apropiada a fin de incluir sus nombres en las diversas listas mencionadas
es responsable;
9.
Recuerda a los Estados que aún no lo hayan hecho que pueden en
cualquier momento hacer una declaración en virtud del párrafo 2 del artículo 36 del
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia de que reconocen como obligatoria su
jurisdicción con respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación, y
los alienta a que consideren la posibilidad de hacerlo.
52ª sesión plenaria
19 de noviembre de 2002
_______________
8
A/AC.182/2000/INF/2.
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1155, No. 18232.
10
Véase El Derecho del Mar: Texto oficial de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar de 10 de diciembre de 1982 y del Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 con un índice temático y
pasajes del Acta Final de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.V.10).
9
3
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos