A/RES/51/158
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Tomando nota también de que el acceso por medio de la Internet a las
publicaciones de los tratados de las Naciones Unidas de que se dispone
actualmente y el que se propone es y será adicional a las versiones impresas
de dichas publicaciones,
1.
Celebra el objetivo declarado de elaborar una amplia base
electrónica de datos que contenga toda la información relativa al depósito y
registro de tratados y de divulgar por medios electrónicos los tratados y la
información relativa al derecho de los tratados, incluido el acceso directo a
esa base de datos, tal como figura en el informe del Secretario General sobre
el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional1;
2.
Recuerda la solicitud del Asesor Jurídico de que, a fin de
acelerar el registro y la publicación de tratados, todos los Estados Miembros
presenten los textos de los tratados en disco u otro formato electrónico,
además de la copia impresa certificada;
3.
Pide al Secretario General que siga dando prioridad a la ejecución
del programa de computarización de la Sección de Tratados de la Oficina de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría;
4.
Exhorta al Secretario General a velar por que se preste todo el
apoyo necesario a fin de acelerar la publicación de la versión impresa del
Recueil des Traités de las Naciones Unidas mediante el rápido suministro del
equipo y los servicios de traducción necesarios;
5.
Hace suya la propuesta de difusión en la Internet del Recueil des
Traités de las Naciones Unidas, siguiendo las mismas reglas que se aplican a
la versión impresa de la publicación, además del acceso actual a los Traités
multilatéraux déposés auprès du Secrétaire général, y reconoce que el acceso
por medio de la Internet a los tratados y a la información relacionada con el
derecho de los tratados es particularmente valioso en los países en que el
costo de mantenimiento de colecciones completas de tratados en volúmenes
encuadernados es relativamente alto;
6.
Hace suya también la idea del Secretario General de estudiar la
posibilidad, desde los puntos de vista económico y práctico, de recuperar los
costos relacionados con el acceso por medio de la Internet al Recueil des
Traités de las Naciones Unidas y los Traités multilatéraux déposés auprès du
Secrétaire général, siempre que no se cobren derechos de acceso a los Estados
Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales, así como a otros usuarios no comerciales, y de
presentar sus conclusiones a los Estados Miembros;
7.
Invita al Secretario General a estudiar la posibilidad de traducir
la lista de títulos de los tratados que aparecen en la publicación de los
Traités multilatéraux déposés auprès du Secrétaire général a los demás idiomas
oficiales de las Naciones Unidas y divulgar dicha lista por medio de la
Internet, y a que le presente un informe en su quincuagésimo segundo período
de sesiones;
1
A/51/278, párr. 91.
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