A/RES/51/158 Página 2 Tomando nota también de que el acceso por medio de la Internet a las publicaciones de los tratados de las Naciones Unidas de que se dispone actualmente y el que se propone es y será adicional a las versiones impresas de dichas publicaciones, 1. Celebra el objetivo declarado de elaborar una amplia base electrónica de datos que contenga toda la información relativa al depósito y registro de tratados y de divulgar por medios electrónicos los tratados y la información relativa al derecho de los tratados, incluido el acceso directo a esa base de datos, tal como figura en el informe del Secretario General sobre el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional1; 2. Recuerda la solicitud del Asesor Jurídico de que, a fin de acelerar el registro y la publicación de tratados, todos los Estados Miembros presenten los textos de los tratados en disco u otro formato electrónico, además de la copia impresa certificada; 3. Pide al Secretario General que siga dando prioridad a la ejecución del programa de computarización de la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría; 4. Exhorta al Secretario General a velar por que se preste todo el apoyo necesario a fin de acelerar la publicación de la versión impresa del Recueil des Traités de las Naciones Unidas mediante el rápido suministro del equipo y los servicios de traducción necesarios; 5. Hace suya la propuesta de difusión en la Internet del Recueil des Traités de las Naciones Unidas, siguiendo las mismas reglas que se aplican a la versión impresa de la publicación, además del acceso actual a los Traités multilatéraux déposés auprès du Secrétaire général, y reconoce que el acceso por medio de la Internet a los tratados y a la información relacionada con el derecho de los tratados es particularmente valioso en los países en que el costo de mantenimiento de colecciones completas de tratados en volúmenes encuadernados es relativamente alto; 6. Hace suya también la idea del Secretario General de estudiar la posibilidad, desde los puntos de vista económico y práctico, de recuperar los costos relacionados con el acceso por medio de la Internet al Recueil des Traités de las Naciones Unidas y los Traités multilatéraux déposés auprès du Secrétaire général, siempre que no se cobren derechos de acceso a los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, así como a otros usuarios no comerciales, y de presentar sus conclusiones a los Estados Miembros; 7. Invita al Secretario General a estudiar la posibilidad de traducir la lista de títulos de los tratados que aparecen en la publicación de los Traités multilatéraux déposés auprès du Secrétaire général a los demás idiomas oficiales de las Naciones Unidas y divulgar dicha lista por medio de la Internet, y a que le presente un informe en su quincuagésimo segundo período de sesiones; 1 A/51/278, párr. 91. /...

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