A/RES/60/30 78. Toma nota del informe del Secretario General sobre la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica marina fuera de las zonas de jurisdicción nacional 38, preparado y publicado en respuesta a la petición formulada en el párrafo 74 de la resolución 59/24; 79. Decide que la reunión del Grupo de Trabajo especial oficioso de composición abierta creado en virtud del párrafo 73 de la resolución 59/24 esté abierta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a todas las partes en la Convención y que se invite a otros interesados como observadores, de conformidad con la práctica de las Naciones Unidas, y señala que se podrán celebrar sesiones privadas cuando proceda; 80. Decide también que la reunión del Grupo de Trabajo sea coordinada por dos copresidentes, nombrados por el Presidente de la Asamblea General, en consulta con los Estados Miembros, teniendo en cuenta la necesidad de que estén representados los países desarrollados y los países en desarrollo; 81. Reitera su apoyo a la Iniciativa Internacional sobre los Arrecifes de Coral, toma nota de la reunión general de la Iniciativa Internacional sobre los Arrecifes de Coral, celebrada en Mahe (Seychelles) del 25 al 27 de abril de 2005, apoya la labor realizada conforme al Mandato de Yakarta sobre la diversidad biológica marina y costera y el programa de trabajo elaborado sobre la diversidad biológica marina y costera en relación con los arrecifes de coral y señala los progresos hechos por la Iniciativa y otros órganos competentes para incorporar los ecosistemas de los arrecifes de coral de aguas frías a sus programas y actividades y promover la conservación y la utilización sostenible de todos los recursos de los arrecifes de coral; 82. Alienta a los Estados a cooperar, directamente o por conducto de los órganos internacionales competentes, en el intercambio de información en caso de accidente en que intervengan buques en un arrecife de coral y en la promoción de la elaboración de técnicas de evaluación económica, tanto para restaurar los sistemas de arrecifes de coral como para determinar su valor no relacionado con el uso; 83. Destaca la necesidad de incorporar la ordenación sostenible de los arrecifes de coral y la ordenación integrada de las cuencas hidrográficas a las estrategias nacionales de desarrollo, así como a las actividades de los organismos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales y la comunidad de donantes; 84. Alienta a que se hagan nuevos estudios y exámenes de los efectos del ruido oceánico en los recursos marinos vivos; X Ciencias del mar 85. Exhorta a los Estados a que, individualmente o en colaboración entre sí o con las organizaciones y organismos internacionales competentes, aumenten los conocimientos y la comprensión de las aguas profundas, y en particular de la magnitud y la vulnerabilidad de la biodiversidad y los ecosistemas de esas aguas, intensificando sus actividades de investigación científica marina de conformidad con la Convención; _______________ 38 A/60/63/Add.1. 15

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