Los océanos y el derecho del mar A/RES/74/19 91. Observa que el examen que realiza la Comisión de las presentaciones de los Estados ribereños conforme al artículo 76 y el anexo II de la Convención no obsta para que los Estados Partes apliquen otros aspectos de la Convención; 92. Observa también el considerable número de presentaciones pendientes de ser examinadas por la Comisión y las exigencias que ello supone para sus miembros y las labores de secretaría que realiza la División, y pone de relieve la necesidad de asegurar que la Comisión pueda desempeñar rápida, eficiente y eficazmente las funciones que le competen y mantener su elevado nivel de calidad y pericia; 93. Toma nota con aprecio de la decisión adoptada por la Comisión en su 44º período de sesiones de seguir reuniéndose, durante su mandato quinquenal, un total de 21 semanas por año, en forma de tres períodos de sesiones d e siete semanas cada uno, sin celebrar dos períodos de sesiones consecutivos 50, y observa que hay más de nueve subcomisiones dedicadas activamente a examinar presentaciones; 94. Solicita al Secretario General que continúe adoptando medidas adecuadas, con los recursos generales existentes, para seguir reforzando la capacidad de la División, en su calidad de secretaría de la Comisión, con el fin de asegurar que se preste más apoyo y asistencia a la Comisión y sus subcomisiones para el examen de las presentaciones previsto en el párrafo 9 del anexo III del Reglamento de la Comisión, en particular a sus recursos humanos, teniendo en cuenta la necesi dad de trabajar simultáneamente en varias presentaciones; 95. Insta al Secretario General a que siga facilitando todos los servicios de secretaría que necesite la Comisión, de conformidad con el artículo 2, párrafo 5, del anexo II de la Convención; 96. Solicita al Secretario General que adopte medidas apropiadas y oportunas para asegurar la prestación de servicios de secretaría a la Comisión y sus subcomisiones durante el período de tiempo más prolongado que se contempla en las decisiones de las Reuniones 21ª y 26ª de los Estados Partes en la Convención 20; 97. Solicita también al Secretario General que, en consecuencia, siga asignando a la División recursos apropiados y suficientes para que preste unos servicios y una asistencia adecuados a la Comisión, teniendo en cuenta el número de semanas de trabajo; 98. Expresa su aprecio a los Estados que han hecho aportaciones al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido en virtud de su resolución 55/7 para facilitar la preparación de presentaciones a la Comisión, y alienta a los Estados, las instituciones financieras internacionales, los organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y las personas físicas y jurídicas a que hagan aportaciones adicionales a ese fondo; 99. Observa que la Reunión de los Estados Partes en la Convención, en s us decisiones sobre las condiciones de servicio de los miembros de la Comisión 51, reafirmó la obligación que, con arreglo a la Convención, tenían los Estados cuyos expertos estuvieran al servicio de la Comisión de sufragar los gastos de los expertos que hubiesen propuesto en tanto estos desempeñaran funciones en la Comisión, incluida la prestación de cobertura médica, e instó a esos Estados a que hicieran todo lo posible por garantizar la plena participación de esos expertos en la labor de la Comisión, incluidas las reuniones de las subcomisiones, conforme a lo dispuesto en la Convención; 100. Observa también la decisión de la 29ª Reunión de los Estados Partes en la Convención de seguir examinando las condiciones de servicio de los miembros de la __________________ 50 51 19-21313 Véase CLCS/100. SPLOS/276 y SPLOS/286. 21/63

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