A/RES/69/147 Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer y la niña eliminar los prejuicios y las prácticas consuetudinarias nocivas y todas las demás prácticas basadas en la idea de la inferioridad o la superioridad de uno de los sexos y en la atribución de papeles estereotipados al hombre y a la mujer, y crear mayor conciencia de que la violencia contra la mujer y la niña es inaceptable a todos los niveles, en particular a través de las escuelas, los programas de enseñanza, los maestros, los padres, los dirigentes religiosos y las organizaciones juveniles, así como mediante materiales didácticos preparados en atención a la igualdad entre los géneros y los derechos humanos; o) Aumentar la seguridad de las niñas en las escuelas y en su desplazamiento a los centros escolares y desde ellos, entre otras cosas creando un entorno seguro y libre de violencia, mejorando la infraestructura de transporte, entre otros tipos, proporcionando instalaciones sanitarias separadas y adecuadas en todos los lugares pertinentes, así como mejorando la iluminación, los patios de recreo y los entornos seguros, y adoptando políticas nacionales que prohíban, prevengan y repriman la violencia contra los niños, especialmente las niñas, incluido el acoso sexual y escolar y otras formas de violencia, realizando, por ejemplo, actividades de prevención de la violencia en las escuelas y las comunidades y estableciendo sanciones para los actos de violencia contra la niña y asegurando su aplicación; p) Elaborar programas de enseñanza que tengan en cuenta las cuestiones de género a todos los niveles y, en este sentido, adoptar medidas concretas para asegurar que las mujeres y los hombres, los jóvenes, las niñas y los niños aparezcan desempeñando papeles positivos y no estereotipados; q) Promover la adopción de medidas preventivas en una etapa temprana orientadas a las familias y los niños que están expuestos a la violencia o que corren riesgo de padecerla, como el establecimiento de programas de educación parental, para reducir el riesgo de que se cometan actos de violencia o de que las víctimas vuelvan a serlo más tarde en la infancia o en la edad adulta; r) Asegurar la adopción de medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a los niños contra toda forma de violencia física o mental, lesiones o abusos, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual; s) Asegurar también la adopción de medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para eliminar los matrimonios infantiles, forzosos y a edad temprana, y la mutilación genital femenina y facilitar información sobre los peligros que entrañan esas prácticas; t) Empoderar a las mujeres, en particular a las mujeres que viven en la pobreza, entre otras cosas, fortaleciendo su autonomía económica y asegurando su plena participación en la sociedad y en los procesos de adopción de decisiones, por ejemplo, mediante políticas sociales y económicas que les garanticen el acceso pleno y en igualdad de condiciones a una enseñanza y capacitación de calidad a todos los niveles y a servicios públicos y sociales adecuados y asequibles, y el acceso en igualdad de condiciones a los recursos financieros y el empleo, así como la plena igualdad de derechos para poseer tierras y otros bienes y tener acceso a ellos, y adoptar otras medidas apropiadas para hacer frente al número cada vez mayor de mujeres sin hogar o que viven en viviendas inadecuadas, a fin de reducir su vulnerabilidad a la violencia; u) Tipificar como delitos penales, punibles por la ley, todas las formas de violencia contra la mujer y la niña, contribuir, entre otras cosas, a la prevención y no repetición de tales delitos y establecer en la legislación interna penas proporcionales 12/16

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