Matrimonio infantil, precoz y forzado A/RES/79/158 impunidad y falta de rendición de cuentas, en particular a nivel comunitario, y que la persistencia del matrimonio infantil, precoz y forzado expone a las mujeres y niñas a un mayor riesgo de verse expuestas a diversas formas de discriminación y violencia y sufrirlas en el curso de sus vidas, incluida la violación conyugal y la violencia sexual, física y psicológica, y refuerza la condición inferior de las niñas y las adolescentes en la sociedad, Reconociendo también que el matrimonio infantil, precoz y forzado es un obstáculo importante para la consecución del empoderamiento económico de las mujeres y su desarrollo social y económico, en particular debido a la carga desproporcionada del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado que recae en las niñas y las mujeres, lo que dificulta su capacidad para entrar, avanzar y permanecer en el mercado de trabajo, y que esta práctica nociva puede dificultar la independencia económica e imponer a la sociedad costos directos e indirectos a corto y largo plazo, y reconociendo además que la autonomía económica de las mujeres puede ampliar sus opciones para abandonar relaciones abusivas y violentas, Reconociendo además que el matrimonio infantil, precoz y forzado menoscaba la autonomía y la capacidad de las mujeres y las niñas de adoptar decisiones en todos los aspectos de su vida, y que el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y la inversión en ellas, así como el fortalecimiento de su voz, intervención, liderazgo y participación plena y significativa en la adopción de todas las decisiones que las afectan, son factores clave para romper el ciclo de la desigualdad de género y las formas múltiples e interseccionales de discriminación, violencia y pobreza, y son fundamentales, entre otras cosas, para el desarrollo sostenible, la paz, la seguridad, la democracia y el crecimiento económico inclusivo, Teniendo presente la importancia crucial del registro civil y las estadísticas vitales, incluidos los nacimientos, las defunciones y los matrimonios, para la realización de los derechos humanos de las personas, especialmente de las niñas, recordando que proporcionar acceso a una identidad jurídica para todos, en particular mediante el registro de nacimientos, figura como meta 16.9 en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y reconociendo que la plena consecución de esta meta es esencial para acelerar el progreso a fin de prevenir, combatir y eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado e incidirá en el logro de otras metas y objetivos, Reconociendo que los hombres y los niños pueden verse afectados por el matrimonio infantil, precoz y forzado y que también se benefician de la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, y deben actuar como asociados y aliados estratégicos de las mujeres y las niñas, por ejemplo, apoyando a las mujeres y las niñas en riesgo, y que la colaboración efectiva de los hombres y los niños puede ayudar a eliminar las normas sociales discriminatorias que perpetúan la violencia sexual y de género y las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, precoz y forzado, poner fin a esta práctica y lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y el pleno disfrute de todos sus derechos humanos en pie de igualdad, Reconociendo también que las familias, las comunidades y los dirigentes religiosos, tradicionales y comunitarios tienen un papel esencial que desempeñar en la eliminación de las normas sociales negativas y las prácticas tradicionales y consuetudinarias nocivas y en la lucha contra la desigualdad entre los géneros, y reconociendo además que el empoderamiento de las niñas, incluidas las que ya están casadas, requiere su participación activa y efectiva en los procesos de adopción de decisiones sobre todas las cuestiones que las afectan y como agentes de cambio en sus propias vidas y comunidades, incluso por conducto de las organizaciones de mujeres y organizaciones dirigidas por niñas, con el apoyo y la participación activos 24-24151 5/17

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