Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
A/RES/73/180
xii) La violencia y la discriminación contra las mujeres, incluidas la desigualdad
en el acceso al empleo y la existencia de leyes y reglamentos discriminatorios;
b)
La persistente negativa del Gobierno de la República Popular Democrática
de Corea a cursar una invitación al Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos
sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de
Corea o a brindar cooperación al Relator Especial y a varios otros procedimientos
especiales de las Naciones Unidas de conformidad con sus mandatos, así como a otros
mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas;
c)
La persistente negativa del Gobierno de la República Popular Democrática
de Corea a reconocer la grave situación de los derechos humanos en el país y, por
consiguiente, a tomar medidas para informar sobre la marcha de la aplicación de las
recomendaciones que figuran en las conclusiones de su primer examen periódico
universal 19 y para tomar en consideración las observaciones finales de los órganos
creados en virtud de tratados;
3.
Condena el secuestro, la denegación de repatriación y la subsiguiente
desaparición forzada de personas, incluidas personas de otros países, que se vienen
produciendo de forma sistemática y a gran escala como parte de la política de Estado, y,
a este respecto, exhorta enérgicamente al Gobierno de la República Popular
Democrática de Corea a que resuelva con urgencia y de forma transparente esas
cuestiones de importancia internacional, en particular mediante la devolución inmediata
de los secuestrados;
4.
Recalca su muy seria preocupación por las denuncias de tortura, ejecuciones
sumarias, detenciones arbitrarias, secuestros y otras formas de violaciones y abusos de
los derechos humanos que la República Popular Democrática de Corea comete contra
ciudadanos de otros países, tanto dentro como fuera de su territorio;
5.
Expresa su muy profunda preocupación por la precaria situación humanitaria
en el país, que podría deteriorarse rápidamente debido a su limitada resiliencia a los
desastres naturales y a las políticas del Gobierno que limitan la disponibilidad de
alimentos adecuados y el acceso a ellos, situación que se ve agravada por las
deficiencias estructurales de la producción agrícola que causan una gran escasez de
alimentos diversificados y por las restricciones estatales al cultivo y al comercio de
alimentos, así como la prevalencia de la malnutrición crónica y aguda, en particular
entre los grupos más vulnerables, las mujeres embarazadas y lactantes, los niños, las
personas con discapacidad, las personas de edad y los presos políticos, y, a ese respecto,
insta al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea a que adopte medidas
preventivas y correctivas, en cooperación con los organismos donantes internacionales
y de conformidad con las normas internacionales de seguimiento de la asistencia
humanitaria;
6.
Acoge con beneplácito el informe más reciente presentado al Consejo de
Derechos Humanos por el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos
en la República Popular Democrática de Corea 20;
7.
Reitera su aprecio por el informe presentado por el grupo de expertas
independientes sobre la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos
humanos cometidas en la República Popular Democrática de Corea 21, establecido de
conformidad con lo dispuesto en la resolución 31/18 del Consejo de Derechos Humanos,
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A/HRC/13/13.
A/HRC/37/69.
A/HRC/34/66/Add.1.
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