A/HRC/RES/55/22 septiembre de 2015, y esperando con interés la publicación de sus informes sobre otros ataques con armas químicas en la República Árabe Siria, Tomando nota de que la 26ª ronda de consultas entre las autoridades de la República Árabe Siria y el Grupo de Evaluación de las Declaraciones de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas tuvo lugar a principios de 2024, y exigiendo que las autoridades de la República Árabe Siria cumplan plenamente las obligaciones que les incumben en virtud de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad, de 27 de septiembre de 2013, incluida la de cooperar plenamente con la Secretaría Técnica de la Organización, Reconociendo la importancia de incorporar los puntos de vista de las víctimas, en particular los de las mujeres víctimas y supervivientes, y de los familiares de los desaparecidos, y sus demandas de verdad y justicia en las medidas adoptadas por la comunidad internacional respecto de la República Árabe Siria, 1. Expresa grave preocupación por el hecho de que la crisis en la República Árabe Siria continúe y por que el conflicto se haya caracterizado por un cuadro persistente de vulneraciones y conculcaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario, condena enérgicamente todas las vulneraciones y conculcaciones y la situación actual de los derechos humanos, exige que todas las partes en el conflicto cumplan inmediatamente sus respectivas obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos, y pone de relieve la necesidad de garantizar que todos los responsables de dichas vulneraciones y conculcaciones rindan cuentas; 2. Acoge con beneplácito el trabajo y el importante papel desempeñado por la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria en el apoyo a los esfuerzos esenciales de rendición de cuentas mediante la investigación de todas las presuntas violaciones y conculcaciones de las normas internacionales de derechos humanos desde marzo de 2011 en la República Árabe Siria, con el fin de establecer los hechos y las circunstancias y apoyar los esfuerzos para garantizar que todos los autores de violaciones y conculcaciones, que pueden incluir a los responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, sean identificados y rindan cuentas, exige que las autoridades sirias cooperen plenamente con el Consejo y la Comisión de Investigación concediendo a la Comisión acceso inmediato, pleno y sin restricciones a todo el territorio de la República Árabe Siria, e insta a todos los Estados a que cooperen con la Comisión en el desempeño de su mandato; 3. Acoge con beneplácito también los progresos realizados en relación con la rendición de cuentas internacional y señala la importancia de los nuevos procedimientos en curso, como los celebrados en Coblenza (Alemania), y los esfuerzos de los Estados y las instituciones con mandato internacional, incluido el Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011, para investigar la conducta en la República Árabe Siria y, donde sea posible, enjuiciar los delitos cometidos allí con el fin de sacar a la luz la verdad y llevar a los autores ante la justicia; toma nota a este respecto de la histórica condena y sentencia dictada por un tribunal en Alemania, en enero de 2022, contra un ex director del servicio de inteligencia sirio por crímenes de lesa humanidad como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil en la República Árabe Siria; toma nota también de que las pruebas obtenidas por la Comisión de Investigación y el Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente se utilizaron como prueba durante la investigación y el juicio, y recuerda la potestad del Consejo de Seguridad para remitir la situación en la República Árabe Siria a la Corte Penal Internacional; 4. Acoge con beneplácito además los procedimientos legales iniciados por el Canadá y el Reino de los Países Bajos ante la Corte Internacional de Justicia para exigir responsabilidades a la República Árabe Siria por la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes infligidos a su propio pueblo y por el incumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, insta al régimen sirio a que aplique 4 GE.24-06466

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