A/RES/50/96 Página 2 1. Toma nota del informe del Secretario General 1/, que contiene un resumen de las deliberaciones del grupo de expertos sobre medidas económicas coercitivas; 2. Insta a la comunidad internacional a que adopte medidas urgentes y eficaces para impedir que algunos países desarrollados adopten, en contra de los países en desarrollo, medidas económicas coercitivas unilaterales que no estén autorizadas por los órganos pertinentes de las Naciones Unidas o no guarden conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas, con el fin de imponer por la fuerza la voluntad de un Estado a otro; 3. Pide al Secretario General que asigne al Departamento de Información Económica y Social y Análisis de Políticas de la Secretaría, en cooperación con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, la tarea de seguir vigilando la imposición de medidas de este tipo y que prepare posibles metodologías o criterios para evaluar las consecuencias de estas medidas para los países afectados, incluidas las consecuencias sobre el comercio y el desarrollo, a fin de someterlos al examen de los Estados Miembros; 4. Pide también al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo segundo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución. 96a. sesión plenaria 20 de diciembre de 1995 1/ A/50/439.

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