A/RES/57/141
XII. Cooperación regional
57. Recalca la importancia de las organizaciones y los mecanismos
regionales para la cooperación y la coordinación en la ordenación integrada de los
océanos, y, allí donde existan estructuras regionales propias para los diferentes
aspectos de la ordenación de los océanos, como la protección ambiental, la
ordenación de la pesca, la navegación, la investigación científica y la delimitación
marítima, insta a que, cuando proceda, estas estructuras colaboren entre sí para
conseguir una cooperación y una coordinación óptimas;
58. Toma nota del establecimiento en 2000 por la Asamblea General de la
Organización de los Estados Americanos de un Fondo de Paz: Solución Pacífica de
Controversias Territoriales, como mecanismo primario, dado su alcance regional
más amplio, para la prevención y la solución de las controversias territoriales,
fronterizas y marítimas pendientes, toma nota también del establecimiento por la
Conferencia del Caribe sobre Delimitación Marítima, celebrada en México, D. F.,
del 6 al 8 de mayo de 2002, de un fondo fiduciario para el Caribe que esté
encaminado a facilitar, principalmente a través de la asistencia técnica, la
realización voluntaria de negociaciones para la delimitación marítima entre los
Estados del Caribe, y pide a los Estados y a quienes estén en condiciones de hacerlo
que contribuyan a esos fondos;
59. Toma nota también de la Política regional de las islas del Pacífico
relativa a los océanos, aprobada en la 33ª reunión del Foro de las Islas del Pacífico,
celebrada en Suva del 15 al 17 de agosto de 2002 22;
XIII. Proceso abierto de consultas oficiosas sobre los océanos y el derecho del mar
60. Reafirma su decisión de realizar un examen y evaluación anuales de la
aplicación de la Convención y otras novedades relacionadas con los asuntos
oceánicos y el derecho del mar, acoge con satisfacción la labor del Proceso de
consultas en los tres últimos años, toma nota de la contribución del proceso de
consultas a la consolidación del debate anual de la Asamblea General sobre los
océanos y el derecho del mar, y decide continuarlo durante los tres próximos años
de conformidad con su resolución 54/33, y efectuar un nuevo examen de su eficacia
y utilidad en el sexagésimo período de sesiones;
61. Pide al Secretario General que organice la reunión del Proceso de
consultas en Nueva York del 2 al 6 de junio de 2003, que proporcione a dicha
reunión los servicios necesarios para realizar su labor y que tome las medidas
necesarias para que la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar, en
cooperación con otras partes pertinentes de la Secretaría como la División de
Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales,
proporcione el apoyo necesario según proceda;
62. Recomienda que en esta reunión, el Proceso de consultas organice sus
deliberaciones acerca del informe del Secretario General sobre los océanos y el
derecho del mar en torno a las siguientes cuestiones:
a)
La protección de los ecosistemas marinos vulnerables;
b)
La seguridad de la navegación, por ejemplo, el fomento de la capacidad
para el trazado de cartas náuticas, así como las cuestiones debatidas en
anteriores reuniones;
_______________
22
12
Véase A/57/331, anexo 2.
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