A/RES/74/160 Protección y asistencia para los desplazados internos el efecto de los desplazamientos nuevos y prolongados en las comunidades de acogida a fin de mejorar las políticas, la programación, las medidas preventivas y la respuesta ante los desplazamientos internos y promover el logro de soluciones duraderas, incluida, a este respecto, la relevancia de la Base de Datos Mundial sobre los Desplazamientos Internos que mantiene el Centro de Vigilancia de los Desplazamientos Internos y el apoyo técnico disponible del Servicio Conjunto de Caracterización de Población Desplazada, de carácter interinstitucional, y observando la iniciativa de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas de formular recomendaciones internacionales sobre la elaboración de estadísticas de los desplazados internos, Expresando su aprecio a los Gobiernos y las organizaciones intergubernamentales, regionales y no gubernamentales que han apoyado y facilitado la labor de la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los desplazados internos y de sus predecesores los ex representantes del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos, los cuales han ayudado, de conformidad con sus funciones y responsabilidades, a proporcionar protección y asistencia a los desplazados internos, Acogiendo con beneplácito la cooperación continua entre la Relatora Especial y los Gobiernos nacionales y las oficinas y organismos competentes de las Naciones Unidas, así como con otras organizaciones internacionales y regionales, y alentando el fortalecimiento de esa colaboración a fin de promover mejores estrategias, protección, asistencia y soluciones duraderas para los desplazados internos, Reconociendo con aprecio la contribución importante e independiente que realizan el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros organismos humanitarios para proteger y asistir a los desplazados internos, en cooperación con los Gobiernos nacionales y los órganos internacionales competentes, Acogiendo con beneplácito las prioridades establecidas por la Relatora Especial, contenidas en el informe que presentó al Consejo de Derechos Humanos en su 35º período de sesiones 14, y los dos objetivos estratégicos de apoyar a los Gobiernos en la creación de instrumentos e instituciones nacionales sobre los desplazamientos internos y facilitar soluciones duraderas y viables para los desplazados internos, incluso mediante la participación de los agentes del desarrollo, 1. Toma nota con aprecio del informe principal de la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los desplazados internos 15 y las conclusiones que en él figuran; 2. Encomia a la Relatora Especial por las actividades que ha realizado hasta la fecha, por la función catalizadora que desempeña en concienciar sobre la difícil situación de los desplazados internos y por sus constantes esfuerzos para atender las necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas, inc luso incorporando la perspectiva de los derechos humanos de los desplazados internos en todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas; 3. Alienta a la Relatora Especial a que, mediante un diálogo permanente con los Gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, siga analizando los motivos de los desplazamientos internos y se mantenga informada de las necesidades y los derechos humanos de los desplazados, incluidas las necesidades de aquellos que podrían estar en situaciones especialmente vulnerables, como las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, el nivel de preparación ante emergencias y la forma de reforzar la __________________ 14 15 6/13 A/HRC/35/27. A/HRC/41/40. 19-22287

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