A/RES/68/156
Naciones Unidas
Distr. general
14 de febrero de 2014
Asamblea General
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 69 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2013
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/68/456/Add.1)]
68/156. La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes
La Asamblea General,
Reafirmando que nadie será sometido a torturas ni a otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes,
Recordando que el derecho a no ser sometido a torturas y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes no admite excepción en virtud del derecho
internacional, incluidos el derecho internacional de los derechos humanos y el
derecho internacional humanitario, y debe ser respetado y protegido en todas las
circunstancias, incluso en tiempos de conflicto armado o disturbios internos o
internacionales o cualquier otra emergencia pública, que los instrumentos
internacionales pertinentes afirman la prohibición absoluta de la tortura y otros
tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y que las garantías jurídicas y
procesales contra esos actos no deben ser objeto de medidas que de alguna forma
socaven este derecho,
Recordando también que la prohibición de la tortura es una norma imperativa
del derecho internacional y que los tribunales internacionales, regionales y
nacionales han reconocido que la prohibición de los tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes forma parte del derecho internacional consuetudinario,
Recordando además la definición de tortura que figura en el artículo 1 de la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes 1, sin perjuicio de cualquier instrumento internacional o legislación
nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance,
Reconociendo que la reparación depende de que se proceda a una investigación
pronta, efectiva e imparcial de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes y de que se reconozcan las violaciones, se obtiene mediante esas vías y
tiene un efecto preventivo y disuasivo inherente respecto de la comisión de
violaciones en el futuro,
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, núm. 24841.
13-44884
*1344884*
Se ruega reciclar