A/HRC/RES/58/19
f)
Lleven a cabo una revisión exhaustiva de la legislación nacional para
garantizar que sea coherente con las obligaciones internacionales de Belarús en materia de
derechos humanos y que no permita limitaciones o derogaciones arbitrarias, en contravención
del derecho internacional de los derechos humanos;
g)
Pongan fin al uso indebido de las políticas de “lucha contra el terrorismo” y
“lucha contra el extremismo”, entre otras cosas suprimiendo de inmediato las listas de
contenidos extremistas y de personas y organizaciones presuntamente dedicadas a
actividades extremistas, y garanticen que todos los aspectos de la práctica de seguridad
nacional del Estado, incluso cuando tengan por objeto prevenir y combatir el terrorismo y el
extremismo violento, cumplan el derecho internacional de los derechos humanos y no sirvan
de base para enjuiciar a representantes de la sociedad civil y a personas por participar en actos
de expresión de carácter no violento y defender opiniones disidentes;
h)
Adopten legislación y políticas integrales contra la discriminación que
garanticen el derecho de todos a la igualdad de la ley y ante la ley, incluido el acceso
igualitario a una educación de calidad inclusiva, equitativa y no discriminatoria, teniendo
como consideración primordial el interés superior del niño;
i)
Revoquen las decisiones sobre la disolución forzosa de entidades de la
sociedad civil, entable un diálogo nacional genuino, constructivo, inclusivo y transparente
con la sociedad civil y cree y mantenga un entorno seguro y propicio, tanto en línea como en
medios no electrónicos, en el que la sociedad civil pueda trabajar sin verse sometida a
vigilancia arbitraria ni obstáculos y libre de inseguridad;
j)
Garanticen un entorno propicio para el funcionamiento de medios de
comunicación auténticamente independientes, tanto en línea como en medios no electrónicos,
incluido el acceso sin trabas a una Internet abierta, interoperable, fiable y segura;
k)
Lleven a cabo una reforma amplia del marco jurídico electoral, alineándolo
con las normas internacionales, incluido el seguimiento de las recomendaciones formuladas
por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para
la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Comisión Europea para la Democracia por el
Derecho (Comisión de Venecia) y la Relatoría Especial, e inicie con tal fin un diálogo
nacional genuino e inclusivo con todos los elementos de la sociedad civil;
l)
Detengan e impidan las violaciones y abusos de los derechos económicos,
sociales y culturales, entre otras cosas poniendo fin a la discriminación y al despido arbitrario
del empleo y la educación y respetando las libertades académicas y el libre funcionamiento
de los sindicatos y de las organizaciones culturales y representativas de las personas en
situación de vulnerabilidad en este contexto, así como poniendo fin a la discriminación contra
las personas que hablan bielorruso;
m)
Retiren e impidan que se adopten medidas que menoscaben el disfrute de
cualquier derecho humano, incluidos los de los bielorrusos que viven en el extranjero, como
el Decreto Presidencial aprobado en septiembre de 2023 por el que se ordena a los consulados
de Belarús que a esas personas no se les renueven ni prorroguen los pasaportes y se les limiten
otros servicios consulares esenciales para que puedan ejercer plenamente sus derechos, y
pongan fin a los procedimientos penales, incluidos los juicios en rebeldía y la incautación
arbitraria de bienes de quienes viven en el extranjero, así como las medidas represivas contra
sus familiares en Belarús;
5.
Insta a las autoridades bielorrusas a que vuelvan a iniciar un diálogo nacional
sobre la abolición de la pena de muerte y, como primer paso, a que establezcan una moratoria
sobre su uso;
6.
Exhorta a Belarús a que considere la posibilidad de volver a adherirse al
procedimiento de denuncia individual previsto en el Protocolo Facultativo del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y a que vuelva a adherirse a la Convención
sobre el Acceso a la Información, la Participación del Público en la Toma de Decisiones y el
Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales;
GE.25-05463
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