La realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y otros objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente para las personas con discapacidad hasta 2015 y después de esa fecha A/RES/67/140 pertinentes del Consejo de Derechos Humanos y del Consejo Económico y Social y sus comisiones orgánicas, Recordando además el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio 4, el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado “El futuro que queremos” 5, y el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea sobre el VIH/SIDA, titulado “Declaración política sobre el VIH y el SIDA: intensificación de nuestro esfuerzo para eliminar el VIH y el SIDA” 6, que contienen referencias a los derechos, la participación, el bienestar y las perspectivas de las personas con discapacidad en las iniciativas de desarrollo, Gravemente preocupada porque las personas con discapacidad siguen siendo objeto de formas múltiples y agravadas de discriminación y son aún en gran medida invisibles en los procesos de cumplimiento, seguimiento y evaluación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y observando que, si bien los gobiernos, la comunidad internacional y el sistema de las Naciones Unidas han logrado avances en la incorporación de la discapacidad como un elemento integral de la agenda para el desarrollo, aún subsisten problemas graves, Preocupada porque la continua falta de datos e información fiables sobre la discapacidad y la situación de las personas con discapacidad a nivel nacional, regional y mundial contribuye a la invisibilidad de dichas personas en las estadísticas oficiales y es un obstáculo para la elaboración y ejecución de planes de desarrollo que las tengan en cuenta, Destacando la importancia de reunir y analizar datos fiables sobre las personas con discapacidad, siguiendo las directrices existentes sobre estadísticas de discapacidad 7, alentando las iniciativas en curso dirigidas a mejorar la reunión de datos con el fin de desglosar los datos relativos a las personas con discapacidad, y subrayando la necesidad de disponer de datos comparables a nivel internacional para evaluar los progresos en materia de políticas de desarrollo que tengan en cuenta a esas personas, Acoge con beneplácito la celebración, a nivel de Jefes de Estado y de 1. Gobierno, de la reunión de alto nivel de la Asamblea General, el 23 de septiembre de 2013, con el tema general “El camino a seguir: una agenda para el desarrollo que tenga en cuenta a las personas con discapacidad para 2015 y después de ese año”, a fin de reforzar las medidas para asegurar a las personas con discapacidad la accesibilidad y la inclusión en todos los aspectos del desarrollo, y espera con interés la contribución que su documento final podría aportar en la incorporación de los derechos de las personas con discapacidad a la agenda para el desarrollo con posterioridad a 2015; Acoge con beneplácito también el informe del Secretario General titulado 2. “La realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente para las personas con discapacidad: una _______________ 4 Resolución 65/1. Resolución 66/288, anexo. 6 Resolución 65/277, anexo. 7 Por ejemplo, las Directrices y Principios para la Elaboración de Estadísticas de Discapacidad (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.01.XVII.15) y los Principios y Recomendaciones para los Censos de Población y Habitación (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.07.XVII.8), y sus actualizaciones. 5 2/4

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