Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/70/178
Reiterando su preocupación por la situación financiera general de la Oficina
de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y acogiendo con beneplácito la
prórroga del mandato del grupo de trabajo intergubernamental permanente de
composición abierta sobre el mejoramiento de la gobernanza y la situación
financiera de la Oficina,
Recordando su resolución 69/147, de 18 de diciembre de 2014, y las
resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos
Humanos relativas a diversos aspectos de la violencia contra las mujeres y las niñas
de todas las edades, y recordando también las conclusiones convenidas en
el 57º período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la
Mujer relativas a la eliminación y prevención de todas las formas de violencia
contra las mujeres y las niñas 11,
Reiterando su condena de todas las formas de violencia contra las mujeres y
las niñas, expresando profunda preocupación por los asesinatos de mujeres y niñas
por razones de género, recordando todas sus resoluciones pertinentes, en particular
las resoluciones 68/191, de 18 de diciembre de 2013, y 70/176, de 17 de diciembre
de 2015, relativas a la adopción de medidas contra el asesinato de mujeres y niñas
por razones de género, y reconociendo el papel fundamental que cabe al sistema de
justicia penal a la hora de prevenir esos asesinatos y responder a ellos, entre otros
medios, poniendo fin a la impunidad por esos crímenes,
Observando la importancia de las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de
las Naciones Unidas para Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la
Prevención del Delito y la Justicia Penal 12 como forma de ayudar a los países a
reforzar su capacidad nacional en materia de prevención del delito y justicia penal a
fin de responder a todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas,
Recordando su resolución 69/194, de 18 de diciembre de 2014, en la que
aprobó las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de las Naciones Unidas para
Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la Prevención del Delito y la
Justicia Penal, convencida de la importancia de prevenir la delincuencia juvenil,
apoyar la rehabilitación de los jóvenes infractores y su reinserción en la sociedad,
proteger a los niños que son víctimas y testigos, en particular mediante iniciativas
para prevenir su revictimización, y atender a las necesidades de los hijos de los
reclusos, destacando que en dichas medidas deberían tenerse en cuenta los derechos
humanos y el interés superior de los niños y los jóvenes, conforme a las
obligaciones contraídas por los Estados partes en los instrumentos internacionales
pertinentes, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño 13 y sus
Protocolos Facultativos 14, y observando otras reglas y normas de las Naciones
Unidas en materia de justicia de menores,
Poniendo de relieve la pertinencia de los instrumentos internacionales y las
reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y
justicia penal referentes al tratamiento de los reclusos, en particular las mujeres y
los menores,
_______________
11
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2013, Suplemento núm. 7 (E/2013/27),
cap. I, secc. A.
12
Resolución 69/194, anexo.
13
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
14
Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531; y resolución 66/138, anexo.
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