Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria
de emergencia que prestan las Naciones Unidas
A/RES/74/118
la duplicación, fortalecer las alianzas con los equipos de respuesta locales y
nacionales, según proceda, aumentar la financiación flexible, previsible y suficiente
y fomentar la rendición de cuentas de todos los interesados,
Observando con grave preocupación que los niños y los jóvenes siguen
careciendo de educación en situaciones de emergencia compleja, y poniendo de
relieve la urgente necesidad de aumentar la financiación de la educación de calidad
en emergencias humanitarias y hacer que esa educación se imparta con más eficiencia,
Reconociendo que, para reforzar la coordinación de la asistencia humanitaria
sobre el terreno, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas deben seguir
consultando y trabajando en estrecha coordinación con los Gobiernos nacionales,
Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas
universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su
compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de
la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la
pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor
desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el
desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres
dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y
de aprovechar los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y procurar
abordar los asuntos pendientes,
Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferenc ia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento y ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y me didas concretas,
1.
Acoge con beneplácito los resultados de la 22ª serie de sesiones sobre
asuntos humanitarios del Consejo Económico y Social, celebrada durante su período
de sesiones sustantivo de 2019 10, y acoge con beneplácito también la aprobación de
la resolución 2019/14 del Consejo Económico y Social, de 26 de junio de 2019;
2.
Solicita al Coordinador del Socorro de Emergencia que siga tratando de
fortalecer la coordinación y la rendición de cuentas en la asistencia humanitaria, así
como el liderazgo en el sistema de respuesta humanitaria de las Naciones Unidas,
incluso por conducto de la agenda transformativa del Comité Permanente entre
Organismos, y exhorta a las organizaciones competentes de las Naciones Unidas y a
otras organizaciones intergubernamentales competentes, así como a otros agentes en
las esferas humanitaria y del desarrollo, a que sigan trabajando con la Oficina de
Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría para aumentar la
coordinación, la eficacia y la eficiencia de la asistencia humanitaria;
3.
Solicita también al Coordinador del Socorro de Emergencia que siga
mejorando el diálogo con todos los Estados Miembros sobre los procesos, actividades
y deliberaciones pertinentes del Comité Permanente entre Organismos;
4.
Alienta a los Estados Miembros y a la Oficina de Coordinación de Asuntos
Humanitarios a que sigan mejorando el diálogo y la colaboración sobre cuestiones
humanitarias, a nivel mundial y sobre el terreno, incluidas las políticas, con miras a
fomentar un enfoque de la asistencia humanitaria más consultivo e incluyente;
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Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo cuarto período de sesiones,
suplemento núm. 3 (A/74/3), cap. X.
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