A/RES/50/194 Página 2 progresos realizados hacia la transferencia del poder a un gobierno civil, la redacción de una nueva constitución, el levantamiento de las restricciones impuestas a las libertades personales y la restauración de los derechos humanos en Myanmar, Tomando nota de la resolución 1995/72 de la Comisión de Derechos Humanos, de 8 de marzo de 1995 4/, en la que la Comisión decidió prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, Profundamente preocupada por el hecho de que el Gobierno de Myanmar no haya cumplido aún su compromiso de adoptar todas las medidas necesarias con miras a instaurar la democracia a la luz de los resultados de las elecciones celebradas en 1990, Tomando nota de los recientes acontecimientos relacionados con la composición de la Convención Nacional, Celebrando la liberación incondicional de Aung San Suu Kyi, Premio Nobel de la Paz, que tuvo lugar el 10 de julio de 1995, así como la de otros presos políticos, de conformidad con lo pedido por la Asamblea General, Profundamente preocupada, sin embargo, por la persistencia de las violaciones de los derechos humanos en Myanmar, según informa el Relator Especial, en particular la muerte de civiles, los arrestos y detenciones arbitrarios, las restricciones impuestas a las libertades de expresión y de asociación, la tortura, el trabajo forzoso, el reclutamiento forzoso de cargadores para el ejército, los abusos de los derechos humanos en zonas fronterizas durante operaciones militares, los traslados forzosos y el trabajo forzoso en proyectos de desarrollo, el maltrato de las mujeres y la imposición de medidas opresivas dirigidas en particular contra las minorías étnicas y religiosas, Celebrando que el Gobierno de Myanmar y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados sigan cooperando en lo que respecta a la repatriación voluntaria de los refugiados de Bangladesh a Myanmar, Observando, no obstante, que la situación de los derechos humanos en Myanmar ha dado lugar a corrientes de refugiados que se dirigen a los países vecinos, creando así problemas para los países interesados, 1. Expresa su reconocimiento al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar por su informe provisional 5/; 2. Expresa también su reconocimiento al Secretario General por su informe 6/; 4/ Ibíd., 1995, Suplemento Nº 3 y correcciones (E/1995/23 y Corr.1 y 2), cap. II, secc. A. 5/ Véase A/50/568. 6/ A/50/782. /...

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