Consejos de búsqueda
ordenados por
30 listados de 2767 Entidades
7 columns hidden
Título | Fecha de adición | Plantilla | Document | Paragraph text | Organismo | Tipo de documento | Thematics | Temas | Personas afectadas | Año |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
La promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas (2018), para. 49 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 19. Reconoce la importancia de documentar las violaciones de los derechos humanos y los atentados contra esos derechos cometidos en el contexto de las manifestaciones pacíficas, y la función que pueden desempeñar las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, los periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación, los usuarios de Internet y los defensores de los derechos humanos a este respecto; |
| ||||||
Promoción de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos: protección de las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer (2014), para. 29 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 8. Exhorta a los Estados a que velen por que los defensores de los derechos humanos, entre ellos las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer, puedan desempeñar su importante función en el contexto de manifestaciones pacíficas, de conformidad con leyes nacionales acordes con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional de los derechos humanos, y, en ese sentido, a que velen por que ninguno de ellos sea objeto de fuerza excesiva o indiscriminada, detención o prisión arbitrarias, tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, desaparición forzada, abusos en los procedimientos penales y civiles o amenazas de algunos de los actos mencionados; |
| ||||||
Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos (2005), para. 21 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 6. Exhorta también a todos los Estados a que garanticen, protejan y respeten la libertad de expresión y de asociación de los defensores de los derechos humanos y a que, cuando tengan que inscribirse en un registro oficial, faciliten los trámites para su inscripción, incluso estableciendo criterios eficaces y transparentes y procedimientos no discriminatorios conforme al derecho interno; |
| ||||||
Mandato del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (2017), para. 20 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 6. Alienta a todos los organismos y organizaciones interesados de las Naciones Unidas a que, con arreglo a sus mandatos, presten todo el apoyo y la asistencia posibles al Relator Especial para que pueda cumplir eficazmente su mandato, incluso en el contexto de las visitas a los países y mediante la formulación de sugerencias acerca de los medios para asegurar la protección de los defensores de los derechos humanos; |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental (2017), para. 36 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Destacando la necesidad de proteger a los defensores de los derechos humanos dedicados a promover cuestiones sobre derechos humanos que afectan al Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, para que puedan ejercer sus funciones en libertad y sin miedo a ser objeto de agresiones, hostigamiento, detención arbitraria o procesamiento, |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en el Yemen (2019), para. 14 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Preocupado por las denuncias de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y conculcaciones del derecho de los derechos humanos cometidas en el Yemen, incluidos los casos de vulneraciones graves contra niños y personas con discapacidad, violencia sexual y de género, ataques contra trabajadores humanitarios, la población y la infraestructura civil —como instalaciones médicas y las misiones y su personal, así como escuelas—, trabas al acceso de la ayuda humanitaria, imposición de restricciones a la importación y otras restricciones como táctica militar, recurso a la práctica de hacer padecer hambre a la población civil como método de guerra, graves restricciones del derecho a la libertad de religión o de creencias —también para las minorías, como los miembros de la fe bahaí— y acoso y agresiones a periodistas y defensores de los derechos humanos, incluidas defensoras de dichos derechos, |
| ||||||
Mandato del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (2011), para. 13 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | e) Integre una perspectiva de género en toda la labor relativa a su mandato, prestando especial atención a la situación de las defensoras de los derechos humanos; |
| ||||||
Los defensores de los derechos humanos en el contexto de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos (2016), para. 18 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas por algunos Estados, incluido el seguimiento de las resoluciones sobre el tema, el examen periódico universal en el marco del Consejo de Derechos Humanos, los procedimientos especiales, los órganos creados en virtud de tratados y los mecanismos regionales de derechos humanos, a fin de mejorar el diálogo entre las autoridades y la sociedad civil y aprobar leyes y políticas nacionales que sirvan para crear un entorno seguro y propicio y para proteger a los defensores de los derechos humanos, en particular de ser procesados, en violación de las obligaciones y los compromisos de los Estados con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos, por realizar actividades pacíficas, y de las amenazas, el hostigamiento, la intimidación, la coacción, la detención o prisión arbitrarias, las desapariciones forzadas, la violencia y las agresiones de actores estatales y no estatales, |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en Myanmar (2018), para. 38 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 25. Exhorta también al Gobierno de Myanmar a que libere inmediatamente a los periodistas Wa Lone y Kyaw Soe Oo y permita el acceso sin trabas de los periodistas a todo el territorio del país, en particular los estados de Rakáin, Kachín y Shan; |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en la República Democrática del Congo (2006), para. 35 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | i) Velar por que los defensores de los derechos humanos estén protegidos de los abusos, las amenazas y el hostigamiento; |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en el Sudán (2000), para. 08 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Condenando el asesinato en abril de 1999 de cuatro trabajadores de socorro sudaneses que se encontraban detenidos por el Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés, |
| ||||||
La situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria (2018), para. 18 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo los constantes esfuerzos de los defensores de los derechos humanos que operan en la República Árabe Siria a los efectos de documentar las vulneraciones y violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario, pese a los graves riesgos que corren, |
| ||||||
Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección (2020), para. 12 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Recalcando la función positiva, importante y legítima que cumplen los defensores de los derechos humanos en la promoción y el fomento de la efectividad de todos los derechos humanos, en los planos local, nacional, regional e internacional, entre otras cosas mediante la colaboración con los Gobiernos y la contribución a las iniciativas para dar cumplimiento a las obligaciones y los compromisos de los Estados en este sentido, |
| ||||||
Promoción de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos: protección de las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer (2014), para. 14 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Teniendo presente que las disposiciones legislativas y administrativas internas y su aplicación deben facilitar la labor de las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer, entre otras cosas evitando toda criminalización o estigmatización de las importantes actividades y el legítimo papel de las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer y las comunidades que integran o en cuyo beneficio trabajan, y evitando también la obstaculización, obstrucción, restricción o ejecución selectiva de dicha labor que contravenga las disposiciones pertinentes del derecho internacional de los derechos humanos, |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en Belarús (2011), para. 08 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Profundamente preocupado por la situación general de los derechos humanos en Belarús y su grave deterioro desde las elecciones presidenciales de 19 de diciembre de 2010, en particular por las denuncias plausibles de tortura, detención arbitraria e intensificación del acoso de dirigentes de la oposición, representantes de la sociedad civil, defensores de los derechos humanos, abogados, medios de comunicación independientes, estudiantes y sus defensores, |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en Myanmar (2014), para. 07 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 3. Acoge con beneplácito además que exista cada vez más espacio para las actividades políticas, las asambleas, la libre expresión y la prensa, y alienta al Gobierno de Myanmar a que cumpla su compromiso de llevar a cabo una reforma completa de los medios de comunicación y a que proteja el derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica, en particular permitiendo unos medios libres e independientes y garantizando la protección, la seguridad y la libertad de los defensores de los derechos humanos para que puedan proseguir con sus actividades; |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (2014), para. 32 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | i) Cumplir el compromiso del nuevo Presidente de abrir un mayor espacio para la libertad de expresión y opinión poniendo fin al acoso, la intimidación y la persecución de los opositores políticos, defensores de los derechos humanos, activistas de los derechos de la mujer, dirigentes sindicales, estudiantes, miembros de la comunidad académica, cineastas, periodistas y sus familias, otros representantes de los medios de comunicación, blogueros, ciberciudadanos, clérigos, artistas y abogados, en particular poniendo en libertad a las personas detenidas arbitrariamente o a causa de sus opiniones políticas, y a este respecto acogiendo con beneplácito la reapertura de la Academia de Cine; |
| ||||||
Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección (2020), para. 43 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 19. Reconoce la importante contribución que aportan la promoción y protección de la seguridad de los defensores de los derechos humanos al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluida la meta 16.10, y exhorta a los Estados a que refuercen la reunión, el análisis y la presentación de datos nacionales desglosados sobre el número de casos verificados de asesinato, secuestro, desaparición forzada, detención arbitraria, tortura y otros actos perjudiciales cometidos contra los defensores de los derechos humanos, de conformidad con el indicador 16.10.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y a que hagan todo lo posible para poner esos datos a disposición de las entidades competentes; |
| ||||||
Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentalesuniversalmente reconocidos (2002), para. 12 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 3. Subraya la importancia de combatir la impunidad y, a este respecto, insta a los Estados a que adopten las medidas apropiadas para hacer frente a la cuestión de la impunidad respecto de las amenazas, los ataques y los actos de intimidación contra los defensores de los derechos humanos; |
| ||||||
Promoción de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos: protección de las defensoras de los derechos humanos y los defensores de los derechos de la mujer (2014), para. 13 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Consciente de que las violaciones y los abusos de los derechos de las mujeres, la discriminación y la violencia contra ellas, incluidas las defensoras de los derechos humanos, que guardan relación con las tecnologías de la información, como el acoso en línea, el hostigamiento cibernético, la violación de la intimidad, la censura y el acceso ilícito a cuentas de correo electrónico, teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos con el fin de desacreditar a la mujer o incitar a otras violaciones y abusos contra sus derechos, son una preocupación cada vez mayor y pueden constituir una manifestación de la discriminación sistémica por razón de género, que exige respuestas eficaces y acordes con los derechos humanos, |
| ||||||
Mandato del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (2017), para. 08 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reiterando las graves preocupaciones expresadas por la Asamblea General y por el Consejo de Derechos Humanos en relación con los grandes riesgos a que se enfrentan los defensores de los derechos humanos debido a las amenazas, agresiones, represalias e intimidaciones de que son objeto, |
| ||||||
Promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos el derecho de reunión pacífica y el derecho a la libertad de asociación (2019), para. 15 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Deplorando las violaciones y los abusos del derecho a la libertad de reunión pacífica y el derecho a la libertad de asociación por parte de agentes estatales y no estatales, incluidas las detenciones arbitrarias de manifestantes pacíficos y de personas debido a su opinión y afiliación política, así como de personas a las que s e identifica como opositores políticos, |
| ||||||
Seguridad de los periodistas (2012), para. 22 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 3. Observa con preocupación que se siguen produciendo violaciones del derecho a la libertad de opinión y de expresión, entre ellas los cada vez más numerosos atentados y asesinatos de que son víctimas periodistas y profesionales de los medios de información, y subraya la necesidad de dar mayor protección a todos esos profesionales y a las fuentes periodísticas; |
| ||||||
Vigésimo aniversario y promoción de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y lasInstituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos (2018), para. 18 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo la acuciante necesidad de abordar, y de tomar medidas concretas para prevenir y detener el uso de la legislación para obstaculizar o limitar indebidamente la capacidad de los defensores de los derechos humanos para ejercer su labor, entre otras cosas mediante la revisión y, en su caso, la modificación de la legislación pertinente y su aplicación a fin de asegurar que se respete el derecho internacional de los derechos humanos, |
| ||||||
La independencia e imparcialidad del poder judicial, los jurados y asesores y la independencia de los abogados (2010), para. 16 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | 3. Pide a la Relatora Especial que lleve a cabo, con los recursos existentes y el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un estudio temático mundial para evaluar la educación y formación continuas en derechos humanos impartidas a jueces, fiscales, defensores públicos y abogados, en el cual se incluyan recomendaciones para un seguimiento adecuado, y lo presente en su 20º período de sesiones; |
| ||||||
La seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad (2020), para. 31 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Reconociendo los riesgos especiales que pesan sobre la seguridad de los periodistas en la era digital, como la particular vulnerabilidad de los periodistas a convertirse en blanco de la vigilancia o intercepción de comunicaciones cometidas en forma ilegal o arbitraria, en violación de sus derechos a la priva cidad y la libertad de expresión, |
| ||||||
Cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias (2005), para. 17 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | a) Adopten medidas para proteger a los testigos de desapariciones forzadas o involuntarias, a los defensores de los derechos humanos que luchan contra las desapariciones forzadas y a los abogados y las familias de las personas desaparecidas contra todo acto de intimidación o contra los malos tratos de que pudieran ser objeto; |
| ||||||
La seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad (2016), para. 16 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Observando las buenas prácticas de diferentes países dirigidas a proteger a los periodistas, así como, entre otras, las prácticas destinadas a proteger a los defensores de los derechos humanos que, según proceda, pueden ser pertinentes para la protección de los periodistas, |
| ||||||
La seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad (2016), para. 24 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | Expresando profunda preocupación también por la amenaza creciente que plantean para la seguridad de los periodistas los agentes no estatales, entre ellos los grupos terroristas y las organizaciones delictivas, |
| ||||||
Situación de los derechos humanos en Myanmar (2008), para. 11 | 25 de feb. de 2020 | Paragraph | b) Las detenciones arbitrarias, incluso mediante el uso de la violencia física, en respuesta a protestas pacíficas, y la prolongación, una vez más, del arresto domiciliario aplicado a la Secretaria General de la Liga Nacional para la Democracia, Daw Aung San Suu Kyi, y el persistente y elevado número de presos políticos, incluidos otros dirigentes políticos, personas que pertenecen a nacionalidades étnicas y defensores de los derechos humanos; |
|