A/RES/51/149 Página 5 minas y, en particular, el establecimiento, en cooperación con otras organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas, de programas generales de remoción de minas, y alienta al Departamento a que continúe realizando y perfeccionando esas actividades con miras a aumentar la eficacia de la asistencia que prestan las Naciones Unidas a las actividades de remoción de minas; 9. Acoge con agrado que se haya asignado al Departamento de Asuntos Humanitarios, que es el centro de coordinación de las Naciones Unidas para las actividades humanitarias de remoción de minas y cuestiones conexas, la función de ser depositario de la información al respecto y de alentar y facilitar las investigaciones internacionales encaminadas a perfeccionar los métodos de remoción de minas; 10. Insta a los Estados Miembros, a las organizaciones regionales, a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y a las fundaciones a que sigan prestando su cabal asistencia y cooperación al Secretario General y, en particular, a que le proporcionen la información, los datos y otros recursos apropiados que puedan serle útiles para reforzar el papel de coordinación de las Naciones Unidas en las esferas de la información sobre el peligro de las minas, la capacitación, los estudios topográficos, la detección y remoción de minas, la investigación científica sobre la tecnología de detección y remoción de minas, y la información sobre suministros y equipo médicos y su distribución; 11. Exhorta a los Estados Miembros, especialmente a los que tienen capacidad para hacerlo, a que, cuando proceda, proporcionen la información y la asistencia técnica y material necesarias y localicen, despejen, destruyan o neutralicen los campos minados, las minas, las armas trampa y otros artefactos explosivos de conformidad con el derecho internacional. 12. Insta a los Estados Miembros, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y a las fundaciones que tengan la capacidad para hacerlo a que, cuando proceda, faciliten asistencia tecnológica a los países afectados por las minas y fomenten las investigaciones científicas y el desarrollo de tecnología y técnicas humanitarias de remoción de minas, a fin de que esas actividades se puedan realizar con más eficacia y economía y por medios más seguros, y promuevan la colaboración internacional al respecto; 13. Alienta a los Estados Miembros y a las organizaciones y fundaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que continúen apoyando las actividades que se llevan a cabo para promover una tecnología adecuada y formular normas internacionales para la buena marcha y la seguridad de las actividades humanitarias de remoción de minas, incluidas las actividades complementarias iniciales de la Conferencia Internacional sobre Tecnologías de Remoción de Minas7; 14. Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General, en su quincuagésimo segundo período de sesiones, un informe sobre los progresos logrados en relación con todas las cuestiones pertinentes que se mencionan en los informes que presentó anteriormente a la Asamblea relativos a la asistencia para la remoción de minas, así como en la presente resolución, y sobre el funcionamiento del Fondo Fiduciario; /...

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