A/RES/64/71
particular las destinadas a ganar terreno al mar que se ejecutan de un modo que
redunda en menoscabo del medio marino,
Reiterando su gran preocupación por los efectos adversos actuales y previstos
del cambio climático para el medio marino y la biodiversidad marina, y poniendo de
relieve la urgencia de hacer frente a esta cuestión,
Expresando preocupación porque el cambio climático sigue agravando y
ampliando la decoloración de los corales en todos los mares tropicales y merma la
capacidad de los arrecifes para hacer frente a la acidificación de los océanos, lo cual
puede tener efectos adversos graves e irreversibles en los organismos marinos, en
particular los corales, así como en la capacidad para soportar otras presiones, como
la pesca excesiva y la contaminación,
Reiterando su profunda preocupación por la vulnerabilidad del medio
ambiente y los ecosistemas frágiles de las regiones polares, incluidos el Océano
Ártico y el casquete glaciar ártico, particularmente afectados por los efectos
adversos previstos del cambio climático,
Reconociendo la necesidad de adoptar un enfoque más integrado y de seguir
estudiando y promoviendo medidas que aumenten la cooperación, coordinación y
colaboración respecto de la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad
marina fuera de las zonas de jurisdicción nacional,
Reconociendo también que la cooperación internacional, la asistencia técnica y los
conocimientos científicos avanzados, así como la financiación y la creación de
capacidad, podrían contribuir a que se hicieran efectivos los beneficios de la Convención,
Reconociendo además que los estudios hidrográficos y la cartografía náutica
son esenciales para la seguridad de la navegación y la vida en el mar, para la
protección del medio ambiente, incluida la protección de los ecosistemas marinos
vulnerables, y para la economía del sector del transporte marítimo mundial, y
alentando a que se siga trabajando en pro del empleo de cartas náuticas electrónicas,
que no solo facilita considerablemente la gestión de la circulación de los buques y la
navegación segura sino que también aporta datos e información que pueden utilizarse
en las actividades pesqueras sostenibles y otros usos sectoriales del medio marino,
así como para delimitar las fronteras marítimas y proteger el medio ambiente,
Poniendo de relieve que el patrimonio arqueológico, cultural e histórico
submarino, incluidos los restos de naufragios y embarcaciones, contiene
información esencial para la historia de la humanidad y que ese patrimonio es un
recurso que debe ser protegido y conservado,
Observando con preocupación que persiste el problema de la delincuencia
organizada transnacional en el mar, incluido el tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas, el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, así
como las amenazas a la seguridad marítima, incluida la piratería, el robo a mano
armada en el mar, el contrabando y los actos terroristas contra el transporte
marítimo, las instalaciones emplazadas mar adentro y otros intereses marítimos, y
observando la deplorable pérdida de vidas y el efecto adverso de tales actividades
para el comercio internacional, la seguridad energética y la economía mundial,
Observando la importancia de la delineación de los límites exteriores de la
plataforma continental situada más allá de las 200 millas marinas y que redunda en
beneficio de los intereses de la comunidad internacional en sentido amplio que los
Estados ribereños cuya plataforma continental exceda de las 200 millas marinas
presenten información acerca de los límites exteriores de la plataforma continental
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