A/HRC/RES/37/35 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de abril de 2018 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 37º período de sesiones 26 de febrero a 23 de marzo de 2018 Tema 7 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 23 de marzo de 2018 37/35. Situación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental El Consejo de Derechos Humanos, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño y su Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, y afirmando que estos instrumentos de derechos humanos, entre otros, son aplicables y han de respetarse en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, Recordando también las resoluciones pertinentes del Consejo de Derechos Humanos, Tomando nota de los recientes informes del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados desde 1967 1 y de otros informes recientes pertinentes del Consejo de Derechos Humanos, Destacando la urgente necesidad de hacer esfuerzos para invertir las tendencias negativas sobre el terreno y restablecer un horizonte político para impulsar y acelerar negociaciones serias encaminadas al logro de un acuerdo de paz que acabe por completo con la ocupación israelí que comenzó en 1967 y resuelva todas las cuestiones fundamentales relativas al estatus definitivo, sin excepción, culminando en una solución pacífica, justa, duradera e integral de la cuestión de Palestina, Observando la adhesión del Estado de Palestina a varios tratados de derechos humanos y a las convenciones fundamentales de derecho humanitario, y su adhesión, el 2 de enero de 2015, al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, Recordando la opinión consultiva emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia, y recordando también las resoluciones de la Asamblea General ES-10/15, de 20 de julio de 2004, y ES-10/17, de 15 de diciembre de 2006, 1 A/72/556 y A/HRC/37/75. GE.18-05899 (S) 080518  090518

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